Avila, Domingo c/Oxicorte S.A. s/Despido
El trabajador reclamó indemnizaciones por despido (arts. 242, 80 LCT) y daño moral tras la desvinculación. La Suprema Corte rechazó el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley, confirmando que no consta absurdo en la apreciación probatoria que justificó el despido y que no procede la vía extraordinaria respecto de la indemnización del art. 80 por insuficiente agraviamiento contextual.
¿Quién es el actor?
Domingo Ávila.
¿A quién se demanda?
Oxicorte S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
indemnizaciones por despido con recargo (art. 16 Ley 25.561 y art. 80 LCT), montos indemnizatorios por despido (art. 242 LCT) y resarcimiento por daño moral; solicitud asimismo vinculada a la entrega de certificados y su consecuencia indemnizatoria (art. 80 LCT).
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley. Se confirmó la valoración de grado que declaró justificado el despido del actor por insubordinación, insultos y amenazas a su superior (hechos ocurridos el 9-04-2007) y, por ende, se confirmó la negativa a las pretensiones del actor. Se impusieron costas (art. 289 C.P.C.C.).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El recurso no prospera."
"La facultad revisora de esta Corte está circunscripta al contenido de la sentencia y la concreta impugnación que contra ella se formule en el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley... Ello exige, entonces, una crítica concreta, directa y eficaz de los argumentos y conclusiones que dan fundamento a la sentencia recurrida."
"En lo que interesa, el órgano judicial de grado declaró acreditado ... que Oxicorte S.A. despidió al actor el 9-IV-2007 por haberse negado a cumplir órdenes específicas de trabajo impartidas por su superior ... Ávila amenazó e insultó al referido encargado, desafiándolo a pelear delante de testigos... concluyendo que el comportamiento injurioso de Ávila no consentía la prosecución del vínculo laboral."
"La invocación de ese vicio, con virtualidad invalidante de la motivación de la sentencia, requiere acreditar la existencia de un error grave, grosero y fundamental, concretado en una conclusión incoherente y contradictoria ... El recurrente ... no logra acreditar su configuración."
Sobre la admisibilidad por monto: "en la parcela el valor de lo cuestionado ante esta instancia no supera el monto mínimo fijado por el art. 278 del Código Procesal Civil y Comercial ... $25.000." Y: "la exclusión de la hipótesis habilitante ... se impone nítida, toda vez que el embate ... resulta extraño a la presente vía."
Dispositivo final: "Por lo expuesto en el acuerdo que antecede, se rechaza el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley traído; con costas (art. 289, C.P.C.C.)."
¿Cómo votaron los jueces?
El voto de la mayoría (Genoud, Negri, Soria, Hitters) sostuvo la negativa. La Dra. Kogan adhirió al voto mayoritario salvo en el punto III.4 (admisibilidad del reclamo por art. 80 LCT), donde expresó disidencia sobre la forma de considerar la acumulación objetiva de pretensiones y el cómputo del valor del litigio, aunque finalmente acompañó la resolución final por estar en minoría.
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Leyes que cita
- Ley 20.744Ley de contrato de trabajo
- Ley 25.561Emergencia publica y reforma del regimen cambiario
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