Lencina, Rubén David c/Clovis Argentina S.A. s/Indemnización por despido
El actor reclamó indemnizaciones laborales y adicionales por tareas de chofer en relación de dependencia. La Suprema Corte hizo lugar al recurso extraordinario por inaplicabilidad de ley, revocó la sentencia de grado por error en el encuadramiento convencional y ordenó devolver las actuaciones al tribunal de origen para nuevo pronunciamiento.
¿Quién es el actor?
Rubén David Lencina.
¿A quién se demanda?
Clovis Argentina S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Indemnizaciones por antigüedad, sustitutiva de preaviso, adicionales previstos en el Convenio Colectivo de Trabajo 40/89 (kilometraje, control de carga/descarga, permanencia fuera de residencia habitual), SAC, vacaciones no gozadas, diferencias por horas extras, entrega de certificados de servicios y aportes previsionales; y la declaración de despido indirecto. Periodo laboral reconocido entre el 6/2/2003 y el 13/5/2006.
¿Qué se resolvió?
La Corte hizo lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley, casó el veredicto y la sentencia de grado en cuanto declararon inaplicable el CCT 40/89 y encuadraron la relación en el Régimen del Trabajador Agrario; ordenó el regreso de actuaciones al tribunal de origen para que, con nueva integración, tramite y dicte nuevo pronunciamiento. Costas de la instancia por su orden.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"De la lectura de los escritos constitutivos de la litis surge con claridad que no fue objeto de controversia entre las partes que el actor cumplía tareas como chofer y que conducía un camión de propiedad de la demandada, en el que transportaba la producción de ésta a lugares distantes a más de 100 kilómetros de su sede.
Así lo postuló en la demanda (v. fs. 36 vta./37) y lo reconoció expresamente la accionada en su responde (v. fs. 92, apart. 4.2. inc. 'c' y 92 vta.), quien en esa oportunidad adjuntó planillas (fs. 76/89) en las que constaban la categoría alegada y el pago del adicional por kilometraje."
"En ese contexto, estimo que la decisión del tribunal interviniente que, a partir de considerar que el encuadre convencional se determina por la actividad principal de la empresa, declaró inaplicable al caso el Convenio Colectivo de Trabajo 40/89 y resolvió que la relación se encontraba regida por el Estatuto del Trabajador Agrario, luce absurda.
Ello así pues, el sentenciante desinterpretó el escenario fáctico planteado por las partes y soslayó la valoración de prueba esencial que, sin duda, lo condujo a arribar a una conclusión incompatible con las constancias objetivas de la causa.
Es que del informe producido por el Sindicato de Camioneros surgen datos medulares que dejan fuera de toda discusión el encuadre del actor en el régimen general de la Ley de Contrato de Trabajo y, específicamente, en el Convenio Colectivo de Trabajo 40/89.
En efecto, el hecho que la demandada estuviese registrada como empleadora y que constara anotada la relación laboral con el actor, deja sin sustento alguno ... el argumento del sentenciante afincado en que la norma convencional no era aplicable al caso."
"Sabido es que corresponde a los jueces proveer respecto del encuadramiento jurídico y normativo del caso, incluso con prescindencia del derecho invocado por las partes, mas dicho principio -y la máxima que lo expresa: iuria novit curia- exhibe por su propia definición un límite infranqueable, cual es el de no alterar el contenido de la relación procesal...
Esto último es lo que ha acontecido en el sub examine, pues ni el trabajador al reclamar, ni el empleador al contestar la demanda pusieron en discusión la categoría laboral del actor ni el encuadre normativo de la relación, y la controversia afincó ... en establecer si le asistía derecho a la percepción de diferencias salariales ...y, en función de ello, dirimir la legitimidad del despido indirecto ... Empero, el órgano de grado hizo a un lado dichos planteos pronunciándose por la inaplicabilidad de la referida norma convencional ... y, al así hacerlo, alteró los términos de la relación procesal."
¿Cómo votaron los jueces?
El voto quedó conformado por los jueces Negri, Soria, Hitters y Kogan, quienes votaron por la afirmativa; la resolución final del Tribunal (Corte) fue unánime en hacer lugar al recurso.
Medida ordenada: Casación parcial del pronunciamiento de grado y devolución de las actuaciones al tribunal de origen para que, con nueva integración, renueve los actos procesales y dicte nuevo pronunciamiento atendiendo los planteos y defensas.
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Leyes que cita
- Ley 20.744Ley de contrato de trabajo
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