Ford Argentina S.A. c/Municipalidad de General Pueyrredón s/Demanda contencioso administrativa
Ford Argentina S.A. promovió demanda contencioso administrativa para que se declare la nulidad del decreto municipal 1612/1999 y se reintegre el pago de derechos de publicidad por $65.014,48. La Corte hizo lugar a la demanda, declaró inaplicable la ordenanza municipal sobre la “Manzana de los Circos” por la normativa provincial (dec. 2273/1994) y anuló el decreto municipal, condenando a la Municipalidad a reintegrar las sumas pagadas.
¿Quién es el actor?
Ford Argentina S.A.
¿A quién se demanda?
Municipalidad de General Pueyrredon.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
nulidad del decreto municipal 1612/1999 (rechazo de recurso de reconsideración frente a intimación de pago por derechos de publicidad y propaganda por $65.014,48) y reintegro de lo pagado el 12-X-1999.
¿Qué se resolvió?
Por mayoría se hizo lugar a la demanda; se declaró que a Ford no le era aplicable el art. 38 y concordantes de la ordenanza municipal 50/84 respecto de la actividad publicitaria desarrollada en enero de 1999 en la “Manzana de los Circos” (jurisdicción portuaria), se anuló el decreto municipal 1612/1999 y se condenó a la Municipalidad a reintegrar las sumas pagadas. Se regulan honorarios y costas por su orden.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En ejercicio de competencias específicamente originadas en la afectación especial del predio abarcativo del Puerto de Mar del Plata, el Poder Ejecutivo provincial ha dictado un Reglamento de Permisos y Usos Portuarios y Cuadros Tarifarios, como forma de regir la utilización de la mencionada jurisdicción... gravando los anuncios publicitarios ubicados sobre 'terrenos, edificios, cercos y/o cualquier tipo de instalación portuaria, incluidos sitios o locales afectados al desarrollo de actividades comerciales, industriales o que sirvan de apoyo a ellas, sean éstas oficiales o privadas.'"
"En este punto, resulta claro que el stand publicitario montado sobre la denominada 'Manzana de los Circos' en jurisdicción portuaria ... se subsume típicamente en el texto de la norma por coincidir palmariamente con la situación fáctica y jurídica que ha sido objeto de la previsión normativa."
"En el caso -y atento a lo expuesto precedentemente- no siendo irrazonable lo previsto en la norma provincial de acuerdo a la finalidad declarada por la ley 11.206, la solución de la cuestión planteada ... no puede ser otra que declarar la inaplicabilidad en este caso de la ordenanza municipal 50/84 en virtud de lo dispuesto por el art. 21 del decreto 2273/1994. Como consecuencia lógica de lo expuesto ... se declara la nulidad del decreto municipal 1612/1999 ..."
¿Cómo votaron los jueces?
El señor Juez doctor Soria se apartó de la mayoría y sostuvo, entre otros fundamentos, que "la competencia del municipio para exigir el pago de los derechos de publicidad y propaganda ... no resulta desplazada por el dictado del decreto provincial 2273/1994. Tal contexto exhibe, por el contrario, un supuesto de concurrencia de potestades provinciales y municipales...". Asimismo señaló que la mera alegación de doble imposición no es suficiente para declarar la invalidez del tributo municipal cuando este se funda en potestades constitucionales y legales válidas.
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