BENETTI, AGUSTIN RUBEN c/ ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL s/REAJUSTES VARIOS
El actor promovió demanda contra la Administración Nacional de la Seguridad Social por reajuste de haberes previsionales y diferencias retroactivas. El Juzgado Federal hizo lugar a la demanda, ordenó el recálculo y pago de las diferencias con intereses, declaró la inconstitucionalidad de determinados preceptos de las leyes 24.241, 24.463 y de la ley 27.609, y ordenó que ANSeS se abstenga de practicar retenciones por impuesto a las ganancias sobre las retroactividades.
¿Quién es el actor?
Benetti, Agustín Rubén.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajuste de haberes previsionales (Prestación Básica Universal, Prestación Compensatoria y Prestación Adicional por Permanencia), pago de diferencias retroactivas, inaplicabilidad/inconstitucionalidad de artículos de las leyes 24.241 y 24.463 y de la ley 27.609, y que no se practiquen retenciones por impuesto a las ganancias sobre las diferencias retroactivas.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda, se revocó la resolución administrativa impugnada, se ordenó a ANSeS que recalcule las prestaciones (PBU, P.C., P.A.P.) según las pautas y períodos fijados en el considerando, que abone las diferencias retroactivas con intereses (aplicando la Tasa Pasiva Promedio del BCRA) por el período no prescripto conforme arts. 168 de la ley 24.241 y 82 de la ley 18.037, que se abstenga de descontar impuesto a las ganancias sobre las retroactividades y haberes a percibir, que cumpla lo ordenado dentro de 120 días, y se declararon inconstitucionales el art. 24 de la ley 24.241, los arts. 7 y 9 de la ley 24.463 y la ley 27.609; se rechazaron otros planteos y se impusieron las costas a ANSeS.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
1) "Por consiguiente, y adhiriendo a los fundamentos expuestos por la Corte Suprema, corresponde —de verificarse el supuesto mencionado— declarar la inaplicabilidad del tope de 35 años establecido por el art. 24 de la Ley 24.241 y ordenar a la ANSeS que, al calcular la Prestación Compensatoria, considere la totalidad de los años con aportes realizados con anterioridad al 15 de julio de 1994, computando íntegramente el esfuerzo contributivo del actor previo a la entrada en vigencia del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones."
2) "El Alto Tribunal ... ordenando mantener la actualización hasta el 30 de marzo de 1995, conforme las variaciones del Índice del Nivel General de Remuneraciones al que remitía el art. 53 de la Ley 18.037. Por tal motivo, no resultó necesario pronunciarse sobre la inconstitucionalidad de la Ley 23.928..."
3) "De conformidad con lo hasta aquí expuesto, debe declararse el derecho del peticionante a que la A.N.Se.S. reajuste los haberes de pasividad del actor conforme al mecanismo de actualización antes indicado, esto es, actualizando las remuneraciones hasta la fecha de adquisición del derecho, aplicando los índices salariales pertinentes."
4) "En consecuencia, durante los períodos alcanzados por la fórmula prevista en la Ley 27.609, cuya Inconstitucionalidad se declara, deberá aplicarse trimestralmente el Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado por el INDEC..."
5) "La doctrina sentada en el referido fallo, y la jurisprudencia posterior emergente, ... dio lugar al inicio masivo de demandas con pretensiones análogas... Por ello, corresponde ordenar al demandado (ANSES), se abstenga de descontar al actor suma alguna en concepto de impuesto a las ganancias de la prestación previsional."
¿Cómo votaron los jueces?
No se registra voto en disidencia en el dispositive final.
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Leyes que cita
- Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
- Ley 18.037Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
- Ley 24.463Solidaridad previsional
- Ley 23.928Convertibilidad del austral
- Ley 27.609Indice de movilidad jubilatoria
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