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Primera Instancia

CEBALLOS, PABLO ESTEBAN c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor reclamó indemnización por incapacidad por accidente de trabajo ocurrido el 24/04/2016. El Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo rechazó la demanda por no acreditarse incapacidad indemnizable, fundando en el informe pericial que consideró negativo para incapacidad y en la insuficiencia de la impugnación de la parte actora; se impusieron costas y se regularon honorarios.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO NACIONAL DE 1RA INSTANCIA DEL TRABAJO NRO. 69
Fuero
NACIONAL DEL TRABAJO
Jurisdicción
Nacional · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CNT 028882/2017
Costas Pericia medica Honorarios Incapacidad Accidente de trabajo Rechazo de demanda Art Prueba medica Decreto 659/96 Acordada 25/2026 csjn

¿Quién es el actor?

CEBALLOS, PABLO ESTEBAN.

¿A quién se demanda?

PROVINCIA ART S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo de indemnización por incapacidad (46,60% según actor) derivada de accidente de trabajo ocurrido el 24/04/2016 mientras prestaba servicios como recolector de residuos.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó en todas sus partes la acción intentada por CEBALLOS PABLO ESTEBAN contra PROVINCIA ART S.A.; se impusieron las costas y se regularon honorarios conforme se detalló.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

“… Al no haberse aportado la documentación necesaria, no resulta posible conocer el diagnóstico (si lo hubo) de la lesión causada por el traumatismo relatado en la demanda. No se han observado en el momento del examen lesiones que aparezcan como secuelas de traumatismo. El examen físico ha resultado negativo. El dolor que manifiesta el actor puede ser causado por un síndrome patelofemoral.” Asimismo, concluyó: “… El Sr Ceballos no presenta a mi criterio incapacidad derivada del accidente por el que reclama, en el contexto del decreto 659/96.”.

“No soslayo que la parte actora ha impugnado el informe médico– ver fs. 188 -digital-, pero las manifestaciones formuladas no constituyen -en mi criterio- una crítica concreta y razonada de las conclusiones de la perito médica sino una mera discrepancia de lo informado, habida cuenta que la experta respondió acabadamente a fs. 191 -digital-.”

“Por todo lo expuesto, constancias de autos y citas legales que resultan de aplicación, FALLO: 1º) Rechazar en todas sus partes la acción intentada por CEBALLOS PABLO ESTEBAN contra PROVINCIA ART S.A.; 2º) Imponer las costas conforme lo detallado en el considerando respectivo y regular los honorarios y a la representación y patrocinio letrado de la parte actora en $1.589.865.- (...) conforme a Acordada 25/2026 CSJN, por todas las tareas realizadas con relación a estos autos, y con más el IVA en caso de corresponder . Cópiese, regístrese, notifíquese y, oportunamente, con citación fiscal, archívese.”

¿Cómo votaron los jueces?

no consta disidencia; sentencia unipersonal.

Normas que cita

  • CPCCNarts. 377, 386, 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
  • Ley 26.773Riesgos del trabajo
  • Ley 27.348Riesgos del trabajo
  • Decreto 659/96
  • Acordada 25/2026

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