GONZALEZ HORACIO ALEJANDRO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reajuste por reajustes varios e impugnaciones sobre la Prestación Básica Universal y normas previsionales. La Cámara revocó parcialmente la sentencia de grado, confirmóla en lo demás y difirió para la etapa de ejecución el tratamiento de la PBU, la inconstitucionalidad del art. 26 de la Ley 24.241 y la aplicación del precedente Villanustre.
¿Quién es el actor?
GONZALEZ HORACIO ALEJANDRO.
¿A quién se demanda?
ANSES.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reclamo de reajustes varios de prestaciones previsionales (cálculo del haber inicial, actualización de la Prestación Básica Universal -PBU-, impugnación de normas de la ley 24.241 y 24.463, aplicación de tasas de interés, descuento por obra social, costas y regulación de honorarios).
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó parcialmente la sentencia apelada conforme surge de los considerandos, la confirmó en lo demás que decide y fue materia de agravios; diferió el tratamiento de la PBU para la etapa de ejecución; diferió el tratamiento de la inconstitucionalidad del art. 26 de la Ley 24.241 para la etapa de liquidación; diferió el análisis del precedente CSJN “Villanustre”; impuso costas de ambas instancias a la demandada vencida; reguló honorarios por la Alzada en el 30% de la suma fijada por el trabajo en primera instancia más IVA, y devolvió las actuaciones al juzgado de origen.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
1) "De forma preliminar, corresponde dejar establecido a los fines del dictado de la presente sentencia que la fecha de adquisición del beneficio que se pretende reajustar es el 12.10.2024, en vigencia de la Ley 24.241–TO Ley 27.609-."
2) "En relación al agravio que gira en torno a la PBU, difierase su tratamiento para la etapa de ejecución de sentencia."
3) "Respecto al art. 26 de la ley 24.241, corresponden diferir su análisis para la etapa de ejecución de sentencia, ya que es en dicha instancia cuando se podrá verificarse el perjuicio concreto que su aplicación pudiera ocasionar."
4) "En este orden de ideas, corresponde desestimar lo pretendido por el apelante de conformidad con lo dispuesto por la Excma. CSJN en las causas 'Benoist, Gilberto c/ ANSeS s/ ley previsional 24.463', Enviado. Fecha 12/06/2018, Fallos: 341:631 y 'Hartmann, Gabriel Leonidio c/ ANSeS s/ reajustes varios', Enviado. Fecha 28/08/2024."
5) "Con respecto a la tasa de interés corresponde aplicar la Tasa Pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina hasta su efectivo pago (conf. Corte Suprema de Justicia de la Nación en los precedentes: 'Spitale, Josefa Elida c/ ANSeS s/ impugnación de resolución administrativa', Sent. Fecha 14/09/2004, Fallos: 327:3721 y 'Cahais, Rubén Osvaldo c/ ANSeS s/ reajustes varios', Enviado Fecha 18/04/2017, Fallos: 340:483 )."
6) "En cuanto a las costas de ambas instancias las mismas habrán de imponerse a la demandada vencida (conf. Art. 68, párr. 1º del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y Excma. CSJN in re: 'Gentile Fioravanti Pedro c/ANSeS s/Reajustes Varios', Sent. Fecha 8/10/2024, Expte. CSS Nº 96499/2010 )."
7) "Por último, ... el mismo debe aplicarse exclusivamente sobre el capital. Los intereses no integran el haber, su función es compensar al accionante por las diferencias mal liquidadas por el organismo, por lo que no constituyen base para el pago del aporte a la obra social."
8) Sobre la declaración de inconstitucionalidad: "la declaración de inconstitucionalidad de una ley o de alguna de sus partes es un acto de suma gravedad institucional que debe ser considerado como última ratio del orden jurídico" (cita precedentes de la CSJN).
¿Cómo votaron los jueces?
No se advierte voto en disidencia; los tres votos adhieren al decisorio.
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Leyes que cita
- Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
- Ley 27.609Indice de movilidad jubilatoria
- Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion
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