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Corte Suprema

ALBORNOZ DOMINGO ACENCIO c/ Y.P.F. S.A. Y OTRO s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró competente para continuar conociendo en la causa seguida por Domingo Acencio Albornoz contra Y.P.F. S.A. al Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Federal N° 10, disponiendo la remisión de las actuaciones. La decisión se adoptó de conformidad con el dictamen del Procurador General, sin desarrollar fundamentos propios en el texto transcripto.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
C. 387. XXXIV. COM
Remision de actuaciones Conflicto de competencia Corte suprema de justicia de la nacion Proceso de conocimiento Justicia nacional del trabajo Competencia originaria Justicia civil y comercial federal Y.p.f. s.a. Dictamen del procurador general

¿Quién es el actor?

Domingo Acencio Albornoz.

¿A quién se demanda?

Y.P.F. S.A. y otro (no identificado en el texto).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

proceso de conocimiento (el texto no especifica el reclamo).

¿Qué se resolvió?

se declaró competente para seguir conociendo en las actuaciones el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Federal N° 10, ordenando la remisión de las actuaciones a ese juzgado. Se dispuso además hacer saber la decisión al Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 7 y a la Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

el texto transcripto no contiene fundamentos propios; la resolución remite expresamente "a lo dictaminado por el señor Procurador General" ("De conformidad con lo dictaminado por el señor Procurador General"). Los fundamentos, de existir, se encuentran en el dictamen, que no forma parte del texto analizado.

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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