JurisprudenciaARG
Tribunal Superior

FC/ C., E. A., P/ LESIONES LEVES DOLOSAS CALIFICADAS

Se analizan principios sobre apreciación probatoria en casos de violencia de género y delitos contra la integridad sexual, con especial protección a niñas, niños y adolescentes. El tribunal destaca la atención especial al testimonio de la víctima, la necesidad de estructuras estatales para la protección y la consideración del ciclo de violencia para explicar inconsistencias o retraimientos.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA (MENDOZA)
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA (MENDOZA)
Jurisdicción
Local · Mendoza
Expediente
13-07415030-0/1
Valoracion de la prueba Violencia de genero Menores Abuso sexual Proteccion integral Declaracion de la victima Deber del estado Testimonio de la victima Ciclo de violencia Retraimiento

¿Quién es el actor?

DESCONOCIDO

¿A quién se demanda?

DESCONOCIDO

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cuestiones referidas a valoración de prueba y consideración de la violencia de género y delitos contra la integridad sexual (incluyendo menores), y deberes estatales de protección.

¿Qué se resolvió?

DESCONOCIDO (el fragmento aportado contiene fundamentos y votos doctrinales sobre la valoración probatoria y la protección de víctimas, sin dispositivo concreto).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"PROTECCION INTEGRAL DE LA MUJER - VIOLENCIA DE GENERO - PRUEBA - APRECIACION DE LA PRUEBA

Para que exista violencia de género en tanto circunstancia calificante, no debe tenerse por acreditada, necesariamente, la existencia de una serie de hechos de violencia de género anteriores a los que se juzgan. Voto: Palermo

DELITOS CONTRA LA INTEGRIDAD SEXUAL - ABUSO SEXUAL - VICTIMA DEL DELITO - DECLARACION DE LA VICTIMA - APRECIACION DE LA PRUEBA - INTEGRIDAD FISICA - DELITOS CONTRA LA LIBERTAD

El testimonio de la víctima mujer debe ser considerada con especial atención por el tribunal de juicio con base en lo traumático de las experiencias que tienen como víctimas a las mujeres en delitos contra su integridad sexual, pero también en agresiones contra su integridad física y su libertad. Voto: Palermo

DELITOS CONTRA LA INTEGRIDAD SEXUAL - ABUSO SEXUAL - MENORES - NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES - PROTECCION DE LA VICTIMA - DEBERES DEL ESTADO

Los delitos contra niños, niñas o adolecentes, sector vulnerable de la población, son delitos complejos en cuanto a su corroboración, por lo que se requiere que los estados y los sistemas judiciales contengan estructuras, procedimientos y mecanismos adecuados que faciliten la exteriorización de denuncias, optimicen las oportunidades existentes para la recolección de las pruebas y aseguren un abordaje que proteja a la víctima. Por su voto: Adaro

DERECHOS DEL NIÑO - ESTADO - DEBERES DEL ESTADO - LEY DE PROTECCION INTEGRAL DE LOS DERECHOS DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

El deber de los distintos operadores estatales, y en particular los judiciales, en cuanto a la protección integral de los niños, niñas y adolescentes en situación de vulnerabilidad, cuyo incumplimiento es susceptible de generar responsabilidad internacional en el ámbito del sistema regional de protección de los derechos humanos. Ello implica atender los problemas relacionados con cómo este sector vulnerable de la población accede a justicia, las condiciones y los obstáculos o dificultades que a lo largo del proceso se les presenta, a fin de que puedan ejercer en forma efectiva su derecho a obtener una sentencia justa y reciba la debida protección por parte del Estado. Por su voto: Adaro

VIOLENCIA DE GENERO - ANTECEDENTES DE VIOLENCIA - CICLO DE VIOLENCIA - DECLARACION DE LA VICTIMA - RETRACTACION

En un contexto de violencia de género, resulta imperioso para la defensa de los derechos de las mujeres considerar todos los antecedentes de violencia previos al evento que finalmente es puesto en conocimiento de las autoridades y que conforman el ciclo de violencia. Ello permite explicar satisfactoriamente las posibles inconsistencias o contradicciones en el relato de la víctima y, aún, su retracción o desestimiento de la denuncia, como así también, el tiempo transcurrido hasta que formaliza la denuncia, entre otras conductas que el referido ciclo genera en la personalidad de las mujeres en situación de violencia. Idem LS 573-114 Por su voto: Valerio"

¿Cómo votaron los jueces?

votos identificados de los Dres. Palermo, Adaro y Valerio (se consignan los preceptos doctrinales arriba). No se aporta bloque dispositivo ni resultado mayoritario en el fragmento remitido.

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