MANSILLA JORGELINA JIMENA EN J° 20813 TELPUK SERGIO ARIEL C/ MANSILLA JORGELINA JIMENA P/ DESPIDO P/ RECURSO EXTRAORDINARIO PROVINCIAL (LEY 9423)
Reclamó trabajador por despido y rubros indemnizatorios contra la empleadora agrícola. La Suprema Corte admitió el recurso extraordinario y modificó la sentencia de cámara, aplicando la tasa prevista por la Ley 9516 para morigerar los intereses y condenando a la demandada al pago de $10.155.776,63.
¿Quién es el actor?
Sr. Sergio Ariel Telpuk.
¿A quién se demanda?
Sra. Jorgelina Jimena Mansilla.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo laboral por despido y rubros indemnizatorios (vacaciones proporcionales, SAC proporcional, diferencias salariales, indemnizaciones por antigüedad, sustitutiva de preaviso, integración del mes de despido, etc.).
¿Qué se resolvió?
Se admitió parcialmente el recurso extraordinario provincial y se modificó la sentencia de cámara para liquidar y condenar a la demandada al pago de $10.155.776,63 (monto liquidado a la fecha del dictado modificado: 25/09/2024) por el capital de $3.172.787,85 más intereses aplicados con la Tasa Nominal Anual de préstamos de libre destino hasta 72 meses del Banco de la Nación Argentina desde la mora (04/11/2022) hasta la fecha de liquidación; se impusieron costas de la instancia extraordinaria en el orden causado; y se regulan honorarios conforme Ley 9131 (diferidos en parte).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Así, el pronunciamiento de la Cámara (que hizo lugar al reclamo de rubros indemnizatorios y no retenibles) resulta meramente declarativo de derechos que nacieron con anterioridad a su dictado, al momento de concurrir sus presupuestos particulares de procedencia, a partir del distracto y del pago deficiente del salario. Así, tales derechos se consolidaron a aquella época anterior a la sentencia, y desde la mora devengaron sus accesorios, los que, repito, fueron correctamente calculados según la tasa de interés correspondiente a la norma vigente en cada segmento temporal."
"En la causa se acreditó dicha condición de vulnerabilidad en la demandada, en razón al desastre agropecuario que sufrió en sus cultivos durante cuatro ciclos agrícolas, circunstancia que el grado consideró acreditada, aunque juzgara insuficiente –por otros motivos– para justificar el despido fundado en la causal del art. 247 de la Ley de Contrato de Trabajo... Concluyo de todo lo expuesto que resulta equitativo en el presente caso, y atento a la solución que también se adoptó por el monto de rechazo, morigerar la tasa de interés legal y disponer la aplicación de la tasa prevista por la Ley 9516 desde la mora y hasta la cancelación del crédito declarado a favor del trabajador. ASÍ VOTO."
Transcripción del dispositivo final (extracto relevante):
"1°) Admitir el recurso extraordinario provincial deducido en fecha 18 de octubre de 2024... En consecuencia, el resolutivo que se modifica queda redactado, en su parte pertinente, del siguiente modo: 'I.- HACER LUGAR PARCIALMENTE A LA DEMANDA... condenando a pagar al actor la suma de PESOS DIEZ MILLONES CIENTO CINCUENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS SETENTA Y SEIS CON 63/100 ($10.155.776,63), suma liquidada a la fecha de sentencia, que deberá hacerla efectiva en el plazo de CINCO días de firme la presente... CON COSTAS A CARGO de la DEMANDADA...'"
¿Cómo votaron los jueces?
Dra. María Teresa Day (fundamentos precedentes; acepta morigeración por equidad y aplica Ley 9516 para intereses desde la mora). Adhiere el Dr. Dalmiro Garay Cueli. Constancia de inasistencia del Dr. Omar Palermo por licencia.
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Leyes que cita
- Ley 20.744Ley de contrato de trabajo
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