SWISS MEDICAL ART S.A. EN J 167248 MUÑOZ MEDINA CAREN MELISA C/ SWISS MEDCAL ART S.A. P/ ACCIDENTE (LEY 9423) P/ RECURSO EXTRAORDINARIO PROVINCIAL
La actora reclamó indemnización por accidente in itinere y se había condenado a la aseguradora al pago por incapacidad laboral parcial, permanente y definitiva. La Suprema Corte admitió parcialmente el recurso extraordinario de Swiss Medical ART SA y ordenó remitir la causa a la Cámara de origen para recalcular el grado de incapacidad aplicando el método de Balthazard y agregando los factores de ponderación correspondientes.
¿Quién es el actor?
Muñoz Medina Caren Melisa (actora).
¿A quién se demanda?
Swiss Medical ART SA (aseguradora de riesgos del trabajo).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Indemnización por accidente in itinere (Ley 9423) ocurrido el 02/05/2021; se reclama monto por incapacidad laboral parcial, permanente y definitiva.
¿Qué se resolvió?
Se admitió parcialmente el recurso extraordinario provincial interpuesto por la recurrente y se ordenó remitir la causa a la Cámara de origen al único fin de que determine el grado de incapacidad aplicando el método de cálculo correcto (Balthazard o capacidad restante) y agregue los factores de ponderación correspondientes, con el consecuente recálculo del monto indemnizatorio; se impusieron costas en la medida de sus vencimientos y se regularon honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
1) Del voto decisorio sobre la procedencia del recurso y la pericia psicológica:
"En definitiva, me pronuncio por el rechazo de este primer motivo de agravio."
(párrafo que concluye el análisis sobre la pericia psicológica, indicando extemporaneidad y consentimiento a actos administrativos)
2) Sobre la forma de sumar las incapacidades y la admisión del agravio:
"Particularmente considero que en este caso, debe utilizarse el método de Balthazard, ello por cuanto –como también en situaciones previsionales- obtener la capacidad restante del individuo para determinar la incapacidad para su trabajo habitual resulta sumamente importante... En función de lo anteriormente analizado y lo dispuesto por el decreto 659/96 (actualizado por decreto 49/2014) considero que debemos partir de aquella dolencia que mayor grado de incapacidad aqueja a la trabajadora y descontar del 100% de capacidad la minusvalía que presenta, el resultado nos brindará la capacidad restante o residual y así corresponde efectuar el cálculo en lo sucesivo."
3) Del dispositivo final:
"1°) Admitir parcialmente el recurso extraordinario provincial interpuesto con fecha 17 de noviembre de 2025, por Swiss Medical ART SA ... y en consecuencia remitir los presentes al Tribunal de origen, al único fin de la determinación del grado de incapacidad de la actora, al que deberá agregarse los factores de ponderación que correspondan, con el consiguiente recálculo del monto indemnizatorio, teniendo en cuenta lo resuelto en la primera cuestión."
¿Cómo votaron los jueces?
Los Dres. José V. Valerio y Omar A. Palermo coincidieron con el voto que admite parcialmente el recurso; el Dr. Mario D. Adaro estuvo ausente por licencia (constancia al final).
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Normas que cita
- Constitución (Provincial (mendoza))art. 160
- Decreto 659/96
- Decreto 49/2014
- Decreto 658/96
- Resolución SSS 6/15
- Resolución 414/99
- Ley 26.773art. 9 · Riesgos del trabajo
- Ley 27.348Riesgos del trabajo
- Ley 9131 (Provincial (mendoza))arts. 2, 3, 15, 16, 31
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