F C/ ORTUÑO CONDORI JOSE ANTONIO P/ TENENCIA ILEGAL P/ RECURSO EXT.DE CASACIÓN
El Ministerio Público Fiscal interpuso recurso de casación contra la sentencia absolutoria por tenencia ilegal de arma de fuego de guerra. La Suprema Corte de Justicia de Mendoza rechazó el recurso por mayoría, concluyendo que las pruebas no desvirtúan la hipótesis plausible de que el arma integraba la esfera de custodia de otra persona (tesis que justificó la absolución).
¿Quién es el actor?
Ministerio Público Fiscal.
¿A quién se demanda?
José Antonio Ortuño Condorí.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Se solicitó la casación de la sentencia nº 10.749 dictada por el Juzgado Penal Colegiado N.º 1 que absolvió, por beneficio de la duda, a Ortuño Condorí del delito de tenencia ilegal de arma de fuego de guerra (art. 189 bis, segundo párrafo del Código Penal).
¿Qué se resolvió?
Por mayoría, la Suprema Corte rechazó el recurso de casación interpuesto por el Fiscal y remitió las actuaciones al tribunal de origen. Con ello, se mantiene la absolución de instancia anterior.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Extractos textuales relevantes (votos mayoritarios que sustentan la decisión — voto del Dr. Omar A. Palermo en rechazo del recurso, y adhesión del Dr. Mario D. Adaro):
"En el recurso interpuesto, el representante del Ministerio Publico Fiscal se agravia por considerar que el juez de la instancia previa ha realizado una valoración parcial del plexo probatorio incorporado y, como resultado de dicha valoración, ha incurrido en errónea aplicación de la ley sustantiva."
"De la declaración testimonial de Carmen Jiménez surge claramente que, debido a diferentes hechos de inseguridad ocurridos en su domicilio, decidió adquirir un arma para la protección de hijo menor. El arma la compró, junto con proyectiles, la recibió en un bolso azul, y la guardó debajo de la cama que compartía en aquel momento con su pareja –Ortuño Condorí–."
"En consecuencia, si bien como sugiere el Ministerio Publico Fiscal en su presentación no es el derecho real de dominio lo que determina la tenencia en los términos exigidos por el tipo penal, lo cierto es que la prueba incorporada no me permite sostener, con el grado de convicción necesario para el dictado de una sentencia condenatoria, la concurrencia de los extremos de la imputación respecto del acusado José Antonio Ortuño Condorí. Esto, por cuanto en la impugnación no se analiza debidamente, para descartarlo como hipótesis plausible, que fuera Carmen Jiménez quien adquiriera el arma e introdujera dicho objeto dentro de su propia esfera personal de custodia, aun cuando lo hiciera en una habitación compartida con el acusado…"
¿Cómo votaron los jueces?
El Dr. José V. Valerio votó por hacer lugar al recurso (casación); los Dres. Omar A. Palermo y Mario D. Adaro votaron en sentido contrario y constituyeron la mayoría que rechazó el recurso. Conforme a la regla de mayoría, prevalece la posición de rechazo.
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- Barroso Marcelo
- Coronel Montenegro
- Gualpa Corvalán
- López Marfilius
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