DETERMINACION DE CAPACIDAD JURIDICA: M.,S.A. P/ C.,L.N
Se solicitó aclaratoria y rectificación material de la sentencia de determinación de capacidad relativa a la fecha de nacimiento de L.N.C. El Tribunal de Familia hizo lugar a la aclaratoria y rectificó el punto I del dispositivo consignando la fecha correcta (09 de mayo de 2006) y confirmó la declaración de incapacidad conforme al art. 32 párr. 4º del Cód. Civil y Comercial.
¿Quién es el actor?
Dra. Cristina Marco, Defensora Civil, en calidad de presentante de la aclaratoria.
¿A quién se demanda?
Autos caratulados “DETERMINACION DE CAPACIDAD JURIDICA: M.,S.A. P/ C.,L.N.” (expediente sobre la incapacidad de L.N.C.).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Aclaratoria y rectificación por error material en la sentencia de fecha 02/06/2025 respecto de la fecha de nacimiento consignada de la Srta. L.N.C.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la aclaratoria y se rectificó el punto I del dispositivo de la resolución de 02/06/2025: la fecha de nacimiento queda consignada como 09 de mayo de 2006; se ordenó registrar, agregar copia, notificar y oficiar.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que en Escrito Nº 1783075, se presenta la Dra. CRISTINA MARCO, Defensora Civil, y por las facultades acordadas en autos, solicita aclaratoria de la Sentencia recaída en fecha 02 de junio de 2025 en los términos del Art. 56 del C.P.C.C. habiéndose incurrido en un error material en la misma.
Manifiesta que en el dispositivo se consignó de manera errónea fecha de nacimiento de la joven L.N.C., donde dice: 'RESUELVE: 1.- Declarar la incapacidad de la Srta. L.N.C., D.N.I. Nº..., nacida el 09 de julio de 2006…', debe decir: 'RESUELVE: 1.- Declarar la incapacidad de la Srta. L.N.C., D.N.I. Nº..., nacida el 09 de mayo de 2006…'.
Que conforme a ello corresponde hacer lugar a la aclaratoria y rectificar el punto I de la parte dispositiva de la resolución de fecha 02 de junio de 2025 debiendo quedar redactado el texto de la siguiente manera: 'RESUELVE: 1.- Declarar la incapacidad de la Srta. L.N.C., D.N.I. Nº..., nacida el 09 de mayo de 2006, en la Localidad de San Salvador de Jujuy, Departamento “Dr. Manuel Belgrano”, Provincia de Jujuy, República Argentina; anotado en Acta Nº 99.786, Tomo 249, Folio 70, Año 2006, conforme art. 32 párr. 4º del Cód. Civil y Comercial de la Nación.-'."
Resolución dispositiva:
"I.- Hacer lugar a la aclaratoria interpuesta por parte de la Dra. CRISTINA MARCO y en consecuencia RECTIFICAR el punto I de la resolución dictada con fecha 02/06/25 el cual quedará redactado de la siguiente manera: 'RESUELVE: 1.- Declarar la incapacidad de la Srta. L.N.C., D.N.I. Nº..., nacida el 09 de mayo de 2006, en la Localidad de San Salvador de Jujuy, Departamento “Dr. Manuel Belgrano”, Provincia de Jujuy, República Argentina; anotado en Acta Nº 99.786, Tomo 249, Folio 70, Año 2006, conforme art. 32 párr. 4º del Cód. Civil y Comercial de la Nación'.
II.- Regístrese, agregar copia en autos, notifíquese y ofíciese."
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