ENFERMEDAD/ACCIDENTE DE TRABAJO: VILLCA, JOSE ALBERTO C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO ART
El actor promovió demanda por enfermedad y accidente de trabajo contra PROVINCIA ART solicitando prestaciones dinerarias por secuelas y enfermedades profesionales. El Tribunal del Trabajo declaró la inconstitucionalidad de los arts. 21, 22 y 46 de la Ley 24.557 para el caso y hizo lugar a la demanda condenando a la aseguradora a pagar $17.652.436,77, por incapacidad permanente parcial definitiva del 19,61% (ajustada por la Vocalía).
¿Quién es el actor?
Sr. José Alberto Villca.
¿A quién se demanda?
PROVINCIA ART S.A. (aseguradora de riesgos del trabajo).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Pago de prestaciones dinerarias por patologías y secuelas derivadas de un accidente de trabajo (29/04/2017) y enfermedades profesionales vinculadas a la actividad (lumbociatalgia, espondiloartrosis, hipoacusia profesional, entre otras), más declaración de inconstitucionalidad de determinados artículos de la Ley 24.557 en cuanto a competencia y vía administrativa.
¿Qué se resolvió?
Se declaró la inconstitucionalidad para el caso de los arts. 21, 22 y 46 de la Ley 24.557 (y normas reglamentarias en materia de competencia); se hizo lugar a la demanda y se condenó a PROVINCIA ART a pagar $17.652.436,77; se impusieron las costas a la demandada; se regularon honorarios de letrados y perito.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"I. Declarar la inconstitucionalidad para el caso, de los arts. 21, 22 y 46 de la Ley 24.557, tacha que se hace extensiva a las normas que resulten reglamentarias de estos en materia de competencia."
"Por lo expuesto, la defensa de falta de legitimación pasiva, no va a prosperar."
"Por lo tanto, se evidencia que en la causa, se reúnen los presupuestos necesarios que tornan viable la acción tentada, ya que la incapacidad del actor es de carácter definitivo de la T.O. derivada del trabajo, constatada por la pericia médica."
"Teniendo en cuenta la fecha de la primera manifestación invalidante (24/08/2018), que el actor nació el 03/12/1958 (fs. 38), la incapacidad que presenta es de 19,61 % y el I.B.M., calculado por el Departamento Contable de la Sala, según los recibos de haberes adjuntados a fs. 7/25 y la historia laboral adjuntada por AFIP el 05-02-2024, en respuesta a un oficio librado por la Vocalía, corresponde establecer como monto de condena la suma de PESOS DIECISIETE MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y SEIS con 77/100 cvos. ($17.652.436,77), por aplicación de los arts. 14 inc. apartado 2. inc. a) de la Ley 24557 más el adicional del art. 3 de la Ley 26773, cuyo interés se encuentra calculado según DNU 669/19 y la Resolución 332/2023..."
(Se incluye también, por relevancia probatoria, extracto del dictamen pericial que fundamentó la incapacidad:)
"DICTAMINO que la Incapacidad Laboral del actor José Alberto Villca de 63 años de edad – DNI: 12.930.460, en PERMANENTE PARCIAL DEFINITIVA (ILPPD), equivalente al 19:31% (diecinueve por ciento, con treinta uno centésimas) de la T.O."
(Además el tribunal corrigió y aplicó factores de ponderación:)
"El calculo es: ... 13,34 % + 6,04%= 19,38% de incapacidad. ... La suma de estos ítems: 0,03 + 0,20= 0,23%. Ahora corresponder sumar al porcentaje de incapacidad los factores de ponderación: 19,38% + 0,23 =19,61 % de incapacidad permanente y definitiva."
¿Cómo votaron los jueces?
Vocalía Unipersonal Nº 7 (Jueza María Cecilia Rodríguez) resolvió en única instancia (no hubo disidencias).
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Leyes que cita
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
- Ley 26.773Riesgos del trabajo
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