EJECUCIÓN DE SENTENCIA: CRUZ, OSCAR DANIEL y otro C/ PROVINCIA ART S.A
El Dr. Carlos Ariel Meyer promovió ejecución de sentencia y honorarios en representación de Oscar Daniel Cruz contra PROVINCIA ART S.A. La Sala III del Tribunal del Trabajo hizo lugar a la ejecución por $33.118.942,95 (capital $27.599.118,95 y honorarios $5.519.824,00) con más intereses desde la mora y diferenció la regulación definitiva de honorarios hasta la aprobación de planilla.
¿Quién es el actor?
Dr. Carlos Ariel Meyer por sus propios derechos y en nombre y representación del Sr. Oscar Daniel Cruz (DNI 26.241.741).
¿A quién se demanda?
Firma PROVINCIA ART S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Ejecución de sentencia y honorarios por la suma de PESOS TREINTA Y TRES MILLONES CIENTO DIECIOCHO MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y DOS con 95/100 ctvs. ($33.118.942,95), integrados por capital $27.599.118,95 y honorarios profesionales $5.519.824,00, conforme sentencia obrante en el expediente principal C-144883/2019.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la ejecución por la suma reclamada con más el interés de la tasa activa desde la mora hasta el efectivo pago; se difirió la regulación definitiva de honorarios hasta la práctica y aprobación de planilla de liquidación; se ordenó practicar la planilla conforme pautas de la sentencia y se impusieron las costas al demandado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Mediante escrito Nº1279821, se presenta el Dr. Carlos Ariel Meyer por sus propios derechos, y en nombre y representación del Sr. Oscar Daniel Cruz – DNI Nº26.241.741, deduciendo incidente de Ejecución de Sentencia y Honorarios en contra de la firma “PROVINCIA ART S.A.” por la suma de PESOS TREINTA Y TRES MILLONES CIENTO DIECIOCHO MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y DOS con 95/100 ctvs. ($33.118.942,95), que corresponden por capital la suma de $27.599.118,95 y por honorarios profesionales la suma de $5.519.824,00 conforme sentencia obrante en el expediente NºC-144883/2019, caratulado: "ENFERMEDAD/ACCIDENTE DE TRABAJO: CRUZ, OSCAR DANIEL C/ PROVINCIA ART S.A.”, principal a los presentes obrados."
"Cit ado de remate en legal forma, mediante proveído del 31/7/2024, el demandado no se presenta en autos a oponer excepciones legítimas que obsten al progreso de la acción, por lo que corresponde dictar sentencia."
"De lo expuesto surge que, de conformidad a lo dispuesto por los artículos 527 y concordantes de C.P.C.C. (Ley Nº6358), corresponde mandar a llevar adelante la ejecución de Sentencia y Honorarios seguida por el Dr. Carlos Ariel Meyer, por la suma de PESOS TREINTA Y TRES MILLONES CIENTO DIECIOCHO MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y DOS con 95/100 ctvs. ($33.118.942,95) en concepto de capital y honorarios con más el interés de la tasa activa desde la mora hasta el efectivo pago (Art. 770 inc. “c” del Código Civil y Comercial de la Nación)."
"Por lo expuesto, el Juzgado Unipersonal de la Sala III, Vocalía Nº7, del Tribunal del Trabajo de la Provincia de Jujuy, RESUELVE: I.- Hacer lugar a la Ejecución de Sentencia y Honorarios ... por la suma de ... $33.118.942,95 ... con más el interés de la tasa activa desde la mora hasta el efectivo pago ... II.- Diferir la regulación de los honorarios profesionales de los letrados intervinientes hasta tanto se practique y apruebe planilla de liquidación. III.- Practicar planilla de liquidación conforme las pautas establecidas en la presente Sentencia. IV.- Protocolizar, notificar por cédula, etc."
(Voto único del Juez del Tribunal del Trabajo; no constan disidencias.)
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Leyes que cita
- Ley 26.994Codigo civil y comercial de la nacion
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