EJECUCIÓN DE SENTENCIA: MAMANI, FABIO HERNAN C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A
Incidente de ejecución de sentencia por pago de capital y honorarios en causa por enfermedad/accidente de trabajo. El Juzgado Unipersonal de la Sala III hizo lugar a la ejecución contra PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. por $5.413.867,72 y ordenó practicar planilla de liquidación con intereses desde la mora.
¿Quién es el actor?
Dr. Benjamín Eduardo Magliano Meyer, por sus propios derechos y en nombre y representación del Sr. Fabio Hernán Mamani – DNI Nº 35.554.869.
¿A quién se demanda?
PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Ejecución de sentencia y honorarios derivados de la sentencia obrante en el expediente Nº C-155317/20 (ENFERMEDAD/ACCIDENTE DE TRABAJO: MAMANI, FABIO HERNAN C/ PROVINCIA ART S.A.), por suma determinada en concepto de capital y honorarios.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la ejecución por la suma de PESOS CINCO MILLONES CUATROCIENTOS TRECE MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y SIETE CON 72/100 ctvs. ($5.413.867,72), con más el interés de la tasa activa desde la mora hasta el efectivo pago; se difirió la regulación definitiva de honorarios hasta la aprobación de planilla de liquidación; se ordenó practicar la planilla y notificarse; costas impuestas al demandado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Mediante escrito Nº1020447, se presenta el Dr. Benjamín Eduardo Magliano Meyer por sus propios derechos, y en nombre y representación del Sr. Fabio Hernán Mamani – DNI Nº35.554.869, deduciendo incidente de Ejecución de Sentencia y Honorarios en contra de la firma “PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A.” por la suma de PESOS CINCO MILLONES CUATROCIENTOS TRECE MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y SIETE CON 72/100 ctvs. ($5.413.867,72), que corresponden por capital y honorarios profesionales conforme sentencia obrante en el expediente NºC-155317/20, caratulado: "ENFERMEDAD/ACCIDENTE DE TRABAJO: MAMANI, FABIO HERNAN C/ PROVINCIA ART S.A.”, principal a los presentes obrados."
"Cit ado de remate en legal forma, mediante proveído del 27/3/2024, el demandado no se presenta en autos a oponer excepciones legítimas que obsten al progreso de la acción, por lo que corresponde dictar sentencia."
"De lo expuesto surge que, de conformidad a lo dispuesto por los artículos 527 y concordantes de C.P.C.C. (Ley Nº6358), corresponde mandar a llevar adelante la ejecución de Sentencia y Honorarios seguida por el Dr. Benjamín Eduardo Magliano Meyer, por la suma de PESOS CINCO MILLONES CUATROCIENTOS TRECE MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y SIETE CON 72/100 ctvs. ($5.413.867,72) en concepto de capital y honorarios profesionales con más el interés de la tasa activa desde la mora hasta el efectivo pago (Art. 770 inc. “c” del Código Civil y Comercial de la Nación)."
Además, el dispositivo final determina:
"I.- Hacer lugar a la Ejecución de Sentencia y Honorarios ... por la suma de ... ($5.413.867,72) ... con más el interés de la tasa activa desde la mora hasta el efectivo pago (Art. 770 inc. “c” del Código Civil y Comercial de la Nación).
II.- Diferir la regulación de los honorarios profesionales del letrado interviniente hasta tanto se practique y apruebe planilla de liquidación.
III.- Practicar planilla de liquidación conforme las pautas establecidas en la presente Sentencia.
IV.- Protocolizar, notificar por cédula, etc."
(Se impusieron las costas al demandado.)
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Leyes que cita
- Ley 26.994Codigo civil y comercial de la nacion
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