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Cámara de Apelaciones

EJECUCIÓN DE HONORARIOS: MEYER PABLO EZEQUIEL C/ LA PIEDAD DE BRIONES y CIA S.R.L. y OTRO

El Dr. Pablo Ezequiel Meyer promovió ejecución de honorarios contra LA PIEDAD DE BRIONES Y CIA S.R.L. y GALENO ART por honorarios regulados en expedientes vinculados. El Juzgado hizo lugar a las ejecuciones ordenando el pago de $166.480,00 en forma concurrente y de $114.871,00 contra cada una de las empresas, con interés desde la mora.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Tribunal del Trabajo-Sala III-Vocalía 7 (JUJUY)
Fuero
Tribunal del Trabajo-Sala III-Vocalía 7
Jurisdicción
Local · Jujuy
Expediente
C-223846/2023
Costas Tasa activa Ejecucion de honorarios Incidentes Honorarios regulados Tribunal del trabajo Galeno art Planilla de liquidacion Lct art.212 La piedad de briones

¿Quién es el actor?

Dr. Pablo Ezequiel Meyer (por sus propios derechos).

¿A quién se demanda?

LA PIEDAD DE BRIONES Y CIA S.R.L. y GALENO ASEGURADORA DE RIESGO DE TRABAJO S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución de honorarios profesionales regulados conforme sentencias dictadas en los expedientes Nº B-191901/08 y Nº LA-17778/21 (y acumulados), por las sumas indicadas.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a las ejecuciones de honorarios solicitadas: $166.480,00 en forma concurrente frente a ambos codemandados (por sentencia del expte. B-191901/08) y $114.871,00 en ejecución independiente contra cada una de las firmas (por sentencia de la S.C.J. en LA-17778/21), con más interés de la tasa activa desde la mora; se ordenó practicar planilla de liquidación y se difirió la regulación de honorarios de los demás letrados hasta su confección. Se impusieron las costas a la parte demandada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Mediante escrito Nº670174, se presenta el Dr. Pablo Ezequiel Meyer por sus propios derechos, deduciendo incidente de ejecución de honorarios en contra de las firmas “LA PIEDAD DE BRIONES Y CIA S.R.L.” y “GALENO ASEGURADORA DE RIESGO DE TRABAJO S.A.” en relación a los honorarios profesionales regulados en los expedientes NºB-191901/08, caratulado: “INDEMNIZACIÓN POR INCAPACIDAD ABSOLUTA (ART.212 LCT): ESPER, GUSTAVO EMILIO C/ LA PIEDAD DE BRIONES Y CIA. S.R.L. y otro”; y Nº LA-17778/21, caratulado: “RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD INTERPUESTO EN EL EXPTE. Nº B-191901/2008 (Tribunal del Trabajo - Sala III - Vocalía 7) INDEMNIZACIÓN POR INCAPACIDAD ABSOLUTA (ART.212 LCT): ESPER GUSTAVO EMILIO C/ LA PIEDAD DE BRIONES Y CIA. S.R.L.; GALENO ASEGURADORA DE RIESGO DE TRABAJO S.A.2 ..."

"De lo expuesto surge que, de conformidad a lo dispuesto por los artículos 527 y concordantes del C.P.C.C. (Ley Nº6358), corresponde mandar a llevar adelante la ejecución de honorarios por la suma de PESOS CIENTO SESENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA con 00/100 ctvs. ($166.480,00) en forma concurrente a los codemandados, en concepto de honorarios profesionales regulados en sentencia dictada en el expediente Nº B-191901/08; y las sumas de PESOS CIENTO CATORCE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y UNO CON 00/100 ctvs. ($114.871,00) en contra de la firma “LA PIEDAD DE BRIONES Y CIA S.R.L.”, y PESOS CIENTO CATORCE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y UNO CON 00/100 ctvs. ($114.871,00) en contra de la firma “GALENO ASEGURADORA DE RIESGO DE TRABAJO S.A.” ... con más el interés de la tasa activa desde la mora hasta el efectivo pago (Art.770, inc. “c” del Código Civil y Comercial de la Nación)."

"Por lo expuesto, el Juzgado Unipersonal de la Sala III, Vocalía Nº7, del Tribunal del Trabajo de la Provincia de Jujuy, RESUELVE: I.- HACER lugar a la ejecución de honorarios promovida por el Dr. Pablo Ezequiel Meyer... por la suma de PESOS CIENTO SESENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA ... II.- HACER lugar ... por la suma de PESOS CIENTO CATORCE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y UNO ... III.- HACER lugar ... por la suma de PESOS CIENTO CATORCE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y UNO ... IV.- PRACTICAR planilla de liquidación conforme las pautas establecidas en la presente Sentencia. V.- DIFERIR la regulación de honorarios de los letrados intervinientes ... VI.- Protocolizar, notificar por cédula electrónica, etc."

(Se consignan textualmente los párrafos decisorios que integran la parte resolutiva final)

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