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Cámara de Apelaciones

REGULACION DE HONORARIOS EXTRAJUDICIALES: FIN, DANIEL ALEJANDRO c/ PREVENCIÓN ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A

El actor promovió regulación de honorarios extrajudiciales contra PREVENCIÓN ART S.A. y luego solicitó el desistimiento del trámite. El Tribunal del Trabajo hizo lugar al desistimiento solicitado por el Dr. Daniel Alejandro Fin (convenido por su apoderado), con fundamento en el artículo 311 del CPCC, y ordenó notificar y protocolizar.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Tribunal del Trabajo-Sala III-Vocalía 7 (JUJUY)
Fuero
Tribunal del Trabajo-Sala III-Vocalía 7
Jurisdicción
Local · Jujuy
Expediente
C-224510/2023
Regulacion de honorarios Desistimiento Notificacion Prevencion art Honorarios extrajudiciales Tribunal del trabajo Sin costas Cpcc art. 311 Ley 6112 Desistimiento antes de notificacion.

¿Quién es el actor?

Dr. Daniel Alejandro Fin, con patrocinio del Dr. Rubén Alejandro González.

¿A quién se demanda?

PREVENCIÓN ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Regulación de honorarios extrajudiciales.

¿Qué se resolvió?

Se tuvo por desistido al actor del proceso; se ordenó notificar y protocolizar. No se impusieron costas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que, el Dr. Daniel Alejandro Fin en ejercicio de sus propios derechos y con el patrocinio letrado del Dr. Rubén Alejandro González, promueve demanda solicitando la regulación de sus honorarios extrajudiciales, mediante escrito digital Nº 712265. Posteriormente a través del escrito digital N°1384902 el Dr. Fin solicita el desistimiento del proceso y en idéntico sentido se expresa el Dr. Rubén Alejandro Gonzalez, en escrito digital Nº1468529. Asimismo, ambos letrados renuncian expresamente a la determinación y/o al cobro de los honorarios que pudiera haber generado la actuación en la presente causa, de conformidad con lo dispuesto en el art. 5 de la ley 6112."

"Conforme lo dispone el art. 311 del CPCC: '...No es necesaria la conformidad del demandado, cuando el actor desiste de la demanda antes de ser esta notificada'. Se admite el desestimiento del Dr. Fin quién actúa con el patrocinio letrado del Dr. Gonzalez, quién también consiente el desistimiento, sin costas."

Bloque dispositivo final (resolución prevalente):

"RESUELVE:

I. Tener por desistido al Dr. Daniel Alejandro Fin, del presente proceso.

II. Notificar, protocolizar."

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