AMPARO: VIDAL, EMMANUEL ALEJANDRO C/ EMPRESA DE TRANSPORTE DE PASAJEROS GENERAL SAVIO S.R.L
El actor interpuso acción de amparo para que se deje sin efecto una sanción de suspensión de siete días impuesta por la empleadora. El Tribunal declaró la acción abstracta por haberse notificado la sanción pero no ejecutado la misma y por la manifestada intención empresarial de tramitar la exclusión de tutela sindical, imponiendo las costas a la demandada.
¿Quién es el actor?
Dr. Carlos Sebastián Espada en representación del Sr. Emmanuel Alejandro Vidal.
¿A quién se demanda?
Empresa de Transporte de Pasajeros General Savio S.R.L.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Se solicitó dejar sin efecto la sanción de suspensión por siete (7) días impuesta el 23/05/2025 por la empleadora.
¿Qué se resolvió?
Se declaró que la acción ha devenido abstracta y se rechazó la pretensión de amparo; se impusieron las costas a la parte demandada y se regularon honorarios por $553.890 para cada letrado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Esta decisión de la demandada implica una adecuación de su conducta a lo normado por el artículo 52 de la Ley 23.551, canalizando su pretensión sancionatoria mediante la vía legal pertinente, y evitando así la afectación de los derechos que el régimen de estabilidad sindical procura tutelar."
"Por consiguiente, al no existir acto lesivo actual que torne necesaria la intervención jurisdiccional inmediata y expedita, resulta improcedente el dictado de una sentencia que ordene el cese de una conducta que ya ha sido desistida por la parte demandada, configurándose así un supuesto de satisfacción extrajudicial del objeto procesal."
"No obstante, corresponde imponer las costas del presente proceso a la parte demandada, en virtud del principio objetivo de la derrota. Ello así por cuanto la promoción de la presente acción de amparo se encuentra directamente motivada en una conducta de la empleadora —la comunicación formal de una medida disciplinaria respecto de un trabajador amparado por la tutela sindical— sin que en ese momento mediara resolución judicial previa de exclusión de garantía, y sin que se haya informado oportunamente su voluntad de abstenerse de ejecutar la sanción hasta la interposición del escrito de contestación de demanda."
(Se consignan además en el fallo las resoluciones dispositivas: 1) declarar la acción abstracta; 2) regular honorarios en $553.890 para cada profesional; 3) imponer costas a la demandada.)
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Leyes que cita
- Ley 23.551Asociaciones sindicales
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