JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

Despido: Quispe, Silveria c/ Balestrieri, Antonio

La actora promovió demanda por despido y las partes celebraron convenio sometido a homologación judicial. El Tribunal del Trabajo homologó el acuerdo; además reguló honorarios por $1.000.000 para cada letrado de la demandada y dispuso la liquidación del crédito fiscal.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Tribunal del Trabajo-Sala II-Vocalía 6 (JUJUY)
Fuero
Tribunal del Trabajo-Sala II-Vocalía 6
Jurisdicción
Local · Jujuy
Expediente
C-191594/2021
Honorarios Convenio Homologacion Despido Tribunal del trabajo Interes tasa activa banco nacion Notificacion por cedula. Ley 6368 Liquidacion de credito fiscal Acta de acuerdo 02/07/2025

¿Quién es el actor?

Quispe, Silveria (actora).

¿A quién se demanda?

Balestrieri, Antonio (demandada).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Despido; reclamo laboral por despido y acuerdo conciliatorio sometido a homologación.

¿Qué se resolvió?

Homologación del convenio celebrado el 02/07/2025; regulación de honorarios profesionales a favor del Dr. Enrique Miguel Mallagray por $1.000.000 y al Dr. Germán Enrique Mallagray por $1.000.000; disposición de la liquidación del crédito fiscal; notificación por cédula y agregación en autos.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que, durante el trámite del proceso el Dr. Carlos Ariel Meyer apoderado de la actora y el Dr. Enrique Miguel Mallagray por la demandada dan cuenta de acuerdo arribado entre las partes y sujeto a homologación judicial (acta de acuerdo 02/07/2025) ratificado en forma personal por la actora ante el actuario (acta 03/07/2025)."

"Que el mismo “representa una justa composición de los derechos e intereses de las partes” (art. 15 de la L.C.T.) por lo que al respecto la homologación deviene ajustada a derecho."

"Que, si bien se ha previsto respecto de costas referidas a la representación letrada del actor (cláusula tercera), se ha dispuesto a cargo del Tribunal la cuantificación de los honorarios del letrado de la demandada."

"Así, habida cuenta de la actuación del Dr. Enrique Miguel Mallagray y del Dr. Germán Enrique Mallagray, ambos en el doble carácter por la demandada y en tanto sus tareas equivalentes a la desarrollada por el actor, teniéndose presente el monto del acuerdo es que se cuantifican los suyos en $ 2.000.000 en conjunto, esto es: $ 1.000.000 a cada uno de ellos. ($10.000.00020/100 = $2.000.000/2 = $ 1.000.000 a c/u), arts. 23 y 24 Ley 6368."

Bloque dispositivo final (transcrito):

"RESUELVO: I.- Homologar en cuanto por derecho hubiere lugar convenio celebrado por las partes según acta del incorporado al SIGJ según acta del 02/07/2025.

II.- Regular los honorarios profesionales al Dr. Enrique Miguel Mallagray $ 1.000.000 y al Dr. Germán Enrique Mallagray $ 1.000.000.

En caso de mora, esos importes devengarán los intereses de la tasa activa general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina desde la presente hasta su efectivo pago. Se adicionará I.V.A si correspondiere.

III.- Disponer la liquidación del crédito fiscal.

IV.- Notificar por cédula a las partes, agregar copia en autos, protocolizar."

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