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Cámara de Apelaciones

DESPIDO: RIVAINERA, CESAR GONZALO C/ GENOVESE, ANDREA PATRICIA

El Dr. José Luis Guerrero solicitó la regulación de honorarios por su actuación en causa por despido. El Tribunal del Trabajo reguló los honorarios de cuatro letrados en $369.260 c/u y de la perito contadora Sonia Cristina Ibáñez en $142.165, con más IVA si correspondiere, y condenó en costas a la demandada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Tribunal del Trabajo-Sala III-Vocalía 8 (JUJUY)
Fuero
Tribunal del Trabajo-Sala III-Vocalía 8
Jurisdicción
Local · Jujuy
Expediente
C-144258/2019
Costas Honorarios Regulacion Perito contadora Despido Iva Intereses por mora Tribunal del trabajo jujuy Ley 6.368 Acordada 114/16

¿Quién es el actor?

El Dr. José Luis Guerrero (solicitante de la regulación de honorarios).

¿A quién se demanda?

Genovese, Andrea Patricia (parte demandada en la causa principal: "DESPIDO: RIVAINERA, CESAR GONZALO C/ GENOVESE, ANDREA PATRICIA").

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Regulación de honorarios profesionales y de perito correspondientes por la actuación en la causa de despido.

¿Qué se resolvió?

Se regulan los honorarios de los Dres. José Luis Guerrero, Vicente Raúl Cruz, Pablo David Nieva y Gerardo Marcelo Cáceres Hilas en $369.260 para cada uno; se regulan los honorarios de la perito contadora C.P.N. Sonia Cristina Ibáñez en $142.165; los montos llevan IVA si correspondiere; en caso de mora se aplicará la tasa activa de cartera general del BNA; las costas quedaron a cargo de la demandada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"De conformidad con lo dispuesto por los arts. 01, 15, 16, 17, 20, 23, 24, 26, 31 y cc. de la ley Nº 6.368, según el mérito y extensión de la labor desarrollada, el monto del convenio, las etapas cumplidas y el mínimo establecido por el art. 26 de la referida norma se regulan los honorarios de los Dres. José Luis Guerrero, Vicente Raúl Cruz, Pablo David Nieva y Gerardo Marcelo Cáceres Hilas en la suma de $369.260 para cada uno de ellos, más IVA si correspondiere.

En lo que respecta a los honorarios de la perito contadora C.P.N. Sonia Cristina Ibáñez se estima justo regularlos en la suma de $142.165, más el impuesto al valor agregado si correspondiere. Esta cifra se ha calculado de conformidad con lo establecido por la acordada Nº 114/16 del Superior Tribunal de Justicia y el art. 200 de la L.O.P.J.

Los montos se encuentran determinados a la fecha de la presente resolución por lo que sólo en caso de mora se liquidarán intereses con la tasa activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina. Las costas son a cargo de la demandada (cláusula 3 del convenio)."

¿Cómo votaron los jueces?

No consta voto en disidencia; la parte resolutiva final es la que prevalece.

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