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Cámara de Apelaciones

DIFERENCIAS SALARIALES: FLORES MIGUEL C/ NOROESTE CONSTRUCCIONES S.A., INGECO S.A., - UTE CALILEGUA y OTRO

El actor demandó por diferencias salariales, liquidación final, horas extras, SAC, vacaciones y documentación laboral contra Noroeste Construcciones S.A., Ingeco S.A. – UTE Calilegua y Agua Potable y Saneamiento de Jujuy S.E. El Tribunal hizo lugar parcialmente a la demanda contra Noroeste/Ingeco – UTE Calilegua condenando al pago de $1.032.730 y a la entrega de documentación bajo apercibimiento de astreintes, y rechazó la demanda contra Agua Potable por falta de legitimación pasiva.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Tribunal del Trabajo-Sala IV-Vocalía 12 (JUJUY)
Fuero
Tribunal del Trabajo-Sala IV-Vocalía 12
Jurisdicción
Local · Jujuy
Expediente
D-49739/2024
Legitimacion pasiva Diferencias salariales Laboral Horas extras Certificado de trabajo / astreintes Liquidacion final (sac y vacaciones) Registro y categorizacion Intereses moratorios (8% anual) Deposito judicial / honorarios Ute (noroeste construcciones / ingeco)

¿Quién es el actor?

Sr. Miguel Flores (representado por Dra. María Luisa Ordóñez).

¿A quién se demanda?

Noroeste Construcciones S.A., Ingeco S.A. – UTE Calilegua; y Agua Potable y Saneamiento de Jujuy S.E.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

diferencias salariales, liquidación final (SAC y vacaciones), horas extras, asistencia perfecta, certificado de trabajo y demás rubros laborales; entrega de tarjeta “Soy Constructor” y prestaciones por desempleo, entre otros.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente a la demanda contra Noroeste Construcciones S.A., Ingeco S.A. – UTE Calilegua condenándola a abonar $1.032.730 y a presentar en autos originales de todos los recibos de sueldo, certificaciones laborales y la tarjeta “Soy Constructor” en 10 días bajo apercibimiento de astreintes; se rechazó la demanda contra Agua Potable y Saneamiento de Jujuy S.E. con costas a cargo del actor; se regularon honorarios y se ordenó depósito judicial dentro de los diez días de quedar firme la sentencia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La demanda en contra de Agua Potable y Saneamiento de Jujuy S.E. no habrá de prosperar correspondiendo su rechazo con costas al actor. De la lectura de la demanda no se advierte que es lo que se le reclama a la prestadora de agua potable y saneamiento. Se la sindica, de manera muy escueta, como empleadora de Sr. Flores pero de la documentación obrante en la causa, recibos de sueldo, certificaciones de servicios, informes de AFIP (hoy ARCA) y del IERIC surge que el único empleador del actor ha sido Noroeste Construcciones S.A., Ingeco S.A. – UTE Calilegua."

"Con respecto al reclamo de pago de la liquidación final, del recibo acompañado por la ex empleadora ... se advierte que al momento del despido se liquidó en el recibo del mes de agosto 2023: SAC proporcional, Vacaciones no gozadas, SAC sobre vacaciones no gozadas y fondo de desempleo por un total de $ 211.359,91. ... Pero no surge que dicha liquidación se hubiere abonado ya que si bien la ex empleadora dice haberlo pagado no acreditó en modo alguno dicho pago. Consecuentemente corresponde su pago."

"Este ajuste se realiza determinando las unidades de SMVM al momento de generarse la acreencia, en este caso el 14/02/2023 ... A la fecha el salario mínimo es de $ 317.800 por lo que la suma actualizada es de $ 991.536,00. Conforme lo resuelto ... se aplicará además, sobre el capital historico un 8% anual en concepto de interés moratorio. ... En consecuencia la suma total a favor del actor es de $ 1.032.730,00"

"Dicho certificado ha sido acompañado conjuntamente con la contestación de demanda de la ex empleadora ... Pero no existe constancia de que Flores los haya recibido razón por la cual, como rubro no dinerario, el ex empleador del actor deberá presentar en el plazo de 10 días de notificada la presente demanda todos los recibos de sueldo del Sr. Flores, y las certificaciones laborales, todo ello en original, bajo apercibimiento de aplicar astreintes diarias a favor del actor una vez vencido dicho plazo ... Las astreintes serán prudencialmente graduadas por el tribunal y se mantendrán hasta que se de cumplimiento."

¿Cómo votaron los jueces?

No se registran votos en disidencia en el texto suministrado; el dispositivo final es el que adopta la decisión.

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