JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

ENFERMEDAD/ACCIDENTE DE TRABAJO: GUTIÉRREZ, HUMBERTO MOISÉS C/ COMPAÑÍA ARGENTINA DE SEGUROS LATITUD SUR S.A

El actor demandó por enfermedad profesional y reclamó prestaciones dinerarias y en especie por incapacidad derivada de lumbalgia crónica y hernias discales. El Tribunal del Trabajo hizo lugar a la demanda, declaró la profesionalidad de la patología y condenó a la ART al pago de $3.015.592,36 por prestaciones dinerarias, con regulación de honorarios y costas.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Tribunal del Trabajo-Sala I-Vocalía 2 (JUJUY)
Fuero
Tribunal del Trabajo-Sala I-Vocalía 2
Jurisdicción
Local · Jujuy
Expediente
C-190912/2021
Enfermedad profesional Hernia discal Prestaciones dinerarias Lumbalgia cronica Ley 24.557 Ley 26.773 5%) Honorarios y costas. Incapacidad parcial permanente (3 Comisiones medicas (inconstitucionalidad local) Calculo ingreso base / ripte

¿Quién es el actor?

Sr. Humberto Moisés Gutiérrez, representado por el Dr. Cristian Fernando Lettier (y con patrocinio de los Dres. Raúl A. Vargas Balvín y Tomás A. Snopek).

¿A quién se demanda?

Compañía Argentina de Seguros Latitud Sur S.A. (ART).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Prestaciones dinerarias y en especie derivadas de enfermedad profesional (incapacidad laboral parcial, permanente y definitiva; prestaciones médicas, farmacéuticas, ortopédicas, rehabilitación y recalificación profesional), más indemnización adicional del 20% prevista por la Ley 26.773, intereses y costas.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda. Se declaró la inconstitucionalidad, para el caso, de arts. 21, 22 y 46 de la Ley 24.557 (en cuanto imponen la previa y obligatoria actuación ante las Comisiones Médicas y la competencia recursiva federal) y del art. 64 de la Ley 6368 (por cuestión de competencia). Se condenó a la ART a abonar PESOS TRES MILLONES QUINCE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y DOS con 36/100 ($ 3.015.592,36) por prestaciones dinerarias; se rechazaron las prestaciones en especie por no haberse probado denegatoria concreta; se reguló la escala de honorarios y se impusieron costas a la demandada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

“...Por todo lo expuesto, corresponde declarar en el caso concreto y mientras no se encuentre operativa la adhesión de la Provincia de Jujuy a la Ley 27.348, la inconstitucionalidad de los Arts. 21, 22 y 46 de la Ley 24.557 y las normas que las complementan, en cuanto se refieran a la previa y obligatoria actuación de las Comisiones Médicas Jurisdiccionales y la competencia recursiva federal. Como corolario de lo expuesto, se ratifica la competencia de esta sede para dirimir la controversia que se ventila en la presente causa.”

“...En definitiva, el dictamen pericial confirma la existencia de las patologías y su razonable vinculación con las tareas que el actor realizaba para la patronal, lo que no fue esterilizado desde lo científico o lo fáctico por la demandada. Correlacionando estas conclusiones con la pericia técnica, se verifica que el trabajador estuvo expuesto a carga, posiciones forzadas, y gestos repetitivos de la columna vertebral lumbosacra. ...Por tal motivo, considero que las objeciones efectuadas por la demandada al dictamen médico, no rebaten ni conmueven sus conclusiones.”

“...En síntesis, considero acreditado que el actor presenta una disminución en su capacidad laborativa causada por las tareas realizadas para la empleadora. ...INCAPACIDAD LABORAL PARCIAL PERMANENTE DEFINITIVA DEL 3.5%.”

“...la cuantía es igual a cincuenta y tres veces el valor mensual del ingreso base, multiplicado por el porcentaje de incapacidad (3,5%)... la planilla elaborada por la Contadora de esta Sala ... el monto de condena actualizado al día de la fecha asciende a la suma de PESOS TRES MILLONES QUINCE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y DOS con 36/100 ($ 3.015.592,36)...”

¿Cómo votaron los jueces?

No se consignan votos en disidencia en el dispositivo; el fallo se presenta como decisión de la Vocalía N°2 y el bloque resolutorio manda la decisión.

Leyes que cita

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.