Enfermedad/Accidente de Trabajo: DIAZ, JUAN MANUEL c/ PREVENCION ART S.A
El actor promovió demanda por prestaciones dinerarias previstas en la Ley de Riesgos del Trabajo por accidente laboral ocurrido el 7/2/2020. La Sala I del Tribunal del Trabajo hizo lugar a la demanda y condenó a Prevención ART S.A. a abonar $6.548.143,40 por incapacidad parcial y permanente (7,6%), con costas y regulación de honorarios.
¿Quién es el actor?
Sr. Juan Manuel Díaz (DNI 27.653.605), representado por el Dr. Eduardo Esteban Uriondo.
¿A quién se demanda?
Prevención ART S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Pago de prestaciones dinerarias y en especie previstas en la Ley Nº 24.557 por accidente de trabajo ocurrido el 7/2/2020 (gonalgia derecha post traumática, meniscectomía, entre otras afecciones).
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda y se condenó a Prevención ART S.A. a pagar Pesos Seis Millones Quinientos Cuarenta y Ocho Mil Ciento Cuarenta y Tres con 40/100 ($6.548.143,40), costas a la demandada vencida y regulación de honorarios (abogados y perito). Se declaró inaplicable en la causa la aplicación de los arts. 21 y 46 de la LRT por afectar el principio del juez natural y acceso a la justicia; se rechazaron los planteos de inconstitucionalidad del art. 6 y del art. 12 inc. 1° en los términos expuestos.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"A fin de dilucidar la cuestión planteada, resulta necesario analizar el material probatorio incorporado en autos, en primer lugar la pericia médica rendida por el Dr. Marcelo Daniel Cachagua, quien dictaminó: 'Antecedentes laborales: El señor Juan Manuel Diaz, DNI: 27.653.605, se desempeña como chofer de colectivo urbano en la empresa SANTA ANA S.R.L, actor refiere haber sufrido un accidente de trabajo el 7-2-2020, actor refiere que al final de recorrido, bajo del colectivo … y en el último peldaño de la escalera del colectivo el actor tropieza y su rodilla derecha hace una rotación interna (flexorrotación). Actor presentó dolor en su rodilla derecha al momento del accidente de trabajo. Documentación medica en autos: A fs 40: RMN rodilla derecha: signos degenerativos de menisco interno- fecha 12-02-20. Se adjuntan fotos de limitación funcional y cicatriz quirúrgica de meniscectomía de rodilla derecha. Examen físico: El señor Juan Manuel Diaz de 43 años, ingresa al consultorio con leve disbasia derecha. A la observación se ven cicatrices quirúrgicas de meniscectomía de rodilla derecha. Peso de 81 kg y una altura de 1.70 mts. Perimetría cuadricipital a 7 centímetros del reborde rotuliano superior: derecho 45 cm e izquierdo 46 cm. Rodilla derecha: Choque rotuliano negativo. Signo del cajón anterior y posterior negativo. Signo del bostezo interno y externo negativo. Test McMurray rodilla derecha negativo. A nivel de rodilla izquierda presenta una movilidad flexión de 100° y a la extensión de 0°. No presenta alteraciones incapacitantes a nivel psicológico. Consideraciones medico legales: Que el señor Juan Manuel Diaz de 43 años presenta una limitación funcional de su rodilla derecha y una meniscectomía sin secuelas producto del accidente de trabajo del 7-2-2020. No presenta alteraciones incapacitantes a nivel psicológico. Determinación de incapacidad: Según LRT 24557, 26773 y sus decretos reglamentarios 658 y 659 de 1996 y 49 del 2014, presenta meniscectomía sin secuelas 6%. SUBTOTAL 6%, más los factores de ponderación: dificultad para realizar tareas habituales leve 10% del 6%= 0.6%, no amerita recalificación laboral, edad 43 años= 1%. Estos valores han sido obtenidos mediante la consulta de LRT 24557, 26773 y sus decretos reglamentarios 658 y 659 de 1996 y 49 del 2014 al respecto y empleando una técnica de evaluación que consiste en considerar los deterioros de la capacidad en tres niveles: morfológico, funcional y clínico. Incapacidad laboral parcial permanente definitiva del 7.6% …'. A fs. 47/49 obra dictamen médico de fecha 13/3/2020 emitido por la Comisión Médica Nº 22 informando la inexistencia de preexistencias. Consecuentemente, conforme a las reglas de la sana crítica, no encuentro mérito para apartarme de las conclusiones a las que arriba el perito médico en su informe pericial."
"En síntesis, considero acreditado que el actor como consecuencia del accidente sufrido el 7/2/2020 padece limitación funcional de rodilla derecha con una incapacidad parcial, permanente y definitiva del 7.6% de la t.o.. ... De acuerdo a ello y considerando la planilla elaborada por la Contadora de esta Sala, CPN Luciana Alberto, ... el monto de condena asciende a la suma de Pesos Seis Millones Quinientos Cuarenta y Ocho Mil Ciento Cuarenta y Tres con 40/100 ($6.548.143,40), cuyos intereses fueron calculados en la forma señalada por nuestra SCJ en LA-20121/2023 - Registro de Sentencia de la SCJ el 10/6/2025, Nº 2906-2025, importe que de no ser efectivizado por la demandada dentro de los cinco (5) días de dictada la sentencia, generará el interés equivalente a la tasa activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina hasta la efectiva cancelación."
"En cuanto a las costas, siendo que no existen motivos que justifiquen apartarse del principio objetivo de la derrota (Art. 128 CPCyC), las mismas se imponen a la demandada vencida. Respecto a los honorarios profesionales... se establecen los honorarios profesionales de los Dres. Eduardo Esteban Uriondo y Silvio Sabino Issolio, en la suma de Pesos Un Millón Doscientos Treinta y Cinco Mil Seiscientos Treinta y Cinco ($1.235.635) y Pesos Ochocientos Sesenta y Cuatro Mil Novecientos Cuarenta y Cuatro ($864.944), respectivamente ... y los del perito médico Dr. Marcelo Daniel Cachagua, en la suma de Pesos Cuatrocientos Un Mil Cuatrocientos Dos ($401.402)..."
¿Cómo votaron los jueces?
No constan votos en disidencia en el bloque resolutorio; el dispositivo final obra firmado por los magistrados indicados y es el que manda.
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Leyes que cita
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
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