ENFERMEDAD/ACCIDENTE DE TRABAJO: ARIAS, JAVIER AMADO C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A
El actor promovió acción por enfermedad/accidente de trabajo para determinar y cobrar la indemnización; se fijó el monto de condena y se regularon honorarios y pericias. El Tribunal del Trabajo fijó la condena en $21.556.838,06 aplicando la actualización según precedentes “Revollo” y “Rodríguez” y el piso mínimo vigente (Resol. S.R.T. Nº 37/2025), e indemnización adicional del 20%.
¿Quién es el actor?
Arias, Javier Amado (trabajador / actor).
¿A quién se demanda?
Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. (aseguradora).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Fijación y pago de indemnización por enfermedad/accidente de trabajo; además regulación de honorarios profesionales y honorarios periciales.
¿Qué se resolvió?
Se fijó el monto de condena en $21.556.838,06, con pago por la aseguradora dentro de 15 días desde la notificación; se regularon honorarios profesionales y peritos por los montos expresados; se ordenó notificar por cédula.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Según lo resuelto por el tribunal el cálculo del crédito fue realizado por el área contable, donde se determinó el ingreso base y se contempló la edad del trabajador al momento del siniestro, para su incorporación la fórmula de ley junto con el porcentaje de incapacidad. La determinación del ingreso base y la actualización hasta la fecha de la primera manifestación invalidante (P.M.I.) se realizó con el índice R.I.P.T.E."
"Sin embargo, mediante sentencia del 05 de agosto de 2025, la sala II de la Cámara de Apelaciones del Trabajo... revocó la sentencia dictada por esta vocalía unipersonal... dispuso la aplicación de los fallos “Revollo” y “Rodríguez”, y ordenó comparar con el mínimo vigente a la fecha en la que se establezca el importe por el que debe prosperar la demanda..."
"Las pautas de actualización dadas en estos precedentes serán las que se utilizarán en el sub lite, por una cuestión de economía procesal, y sin perjuicio de dejar a salvo la opinión de quien suscribe sobre sobre los distintos temas allí tratados, lo que implica descartar los argumentos vertidos en el fallo “Gaspar”."
"Entonces, la planilla es la que se adjunta a esta sentencia, en la que se utilizó el piso mínimo vigente según la resolución Nº 37/2025 de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, por ser mayor al resultado de la fórmula. Asimismo, se incluyó la indemnización adicional de pago único prevista en el art. 3 de la ley 26.773 (20%), lo que hace un total de $21.556.838,06 como monto de condena."
"Para fijar los honorarios se estableció a favor de los letrados del actor un 20% del monto obtenido por sentencia (art. 23 ley 6.368) distribuidos conforme las etapas cumplidas y la labor efectivamente realizada, y para el abogado de la demandada en un 70% de dicha suma (art. 29). En cuanto a los peritos, se hizo de conformidad a lo dispuesto por el art. 200 de la L.O.P.J., la acordada Nº 14/86 y la acordada Nº 114/16 del Superior Tribunal de Justicia."
¿Cómo votaron los jueces?
No constan votos ni disidencias en el texto suministrado; la parte resolutiva final es autoridad predominante.
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Leyes que cita
- Ley 26.773Riesgos del trabajo
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