DESPIDO: APARICIO LANZA, SANTIAGO C/ RAMOS, ROMULA y otros
El actor promovió demanda por despido contra Romula Ramos, Marcelo (Marcelino) Vilte y ARCO IRIS BUS S.R.L. La Vocalía Unipersonal N°7 del Tribunal del Trabajo rechazó la caducidad de instancia invocada por la defensa, entendiendo que la pandemia y las acordadas que dispusieron feria extraordinaria suspendieron plazos y justificaron una interpretación restrictiva del instituto.
¿Quién es el actor?
Sr. Santiago Aparicio Lanza, representado por el Dr. Manuel Enrique Vivas.
¿A quién se demanda?
Sra. Romula Ramos; Sr. Marcelino (Marcelo) Antonio Vilte; ARCO IRIS BUS S.R.L.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo laboral por despido.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó la caducidad de instancia planteada por la parte demandada; se impusieron las costas por el orden causado; se difirió la regulación de honorarios hasta que exista base para hacerlo; se ordenó notificar y protocolizar.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"V. Dado el carácter anómalo de conclusión del proceso implicado en la institución procesal de caducidad de la instancia, la concurrencia de los requisitos que la nutren y su interpretación deben ser estrictos. Así lo sostiene doctrina jurisprudencial de la CSJN en Fallos 335:1709: 310:1009; 311:665; entre otros: 'por apoyarse la caducidad de la instancia en una presunción de abandono del proceso, debe interpretarse con carácter restrictivo, de ahí que la aplicación de que ella se realice debe adecuarse a esas características sin llevar con excesivo ritualismo el criterio que la preside más allá de su ámbito propio'. Razonamiento también seguido por esta Suprema Corte de Justicia desde antiguo, en Fallo L.A. Nº 38, Fº 111/114, Nº 54, donde se ha sentado que 'la perención es un instituto procesal que no debe funcionar con prodigalidad: en ese sentido la jurisprudencia es rica en precedentes acerca de la interpretación restrictiva que rige para su otorgamiento, debiendo adoptarse en caso de disyuntiva o de duda por la solución que mantenga vivo el litigio (Morello-Sosa-Berizone, Código en lo Civil y Comercial…, T. IV-A, p. 110 y jurisprudencia allí citada). Y los mismos autores agregan que se ha integrado ese criterio añadiéndose que siendo la caducidad de instancia un modo anormal de terminar el proceso, la aplicación que de ella se hace debe adecuarse a tal carácter, sin llevar ritualmente al criterio que la preside, más allá de su ámbito propio…'."
"En virtud de lo expuesto, se rechaza el pedido de caducidad formulado por el Defensor Oficial Dr. Jorge Rafael Abud."
Resultado procesal concreto consignado en el dispositivo (transcripción):
"RESUELVE:
I. Rechazar la caducidad de instancia planteada por la parte demandada, por las razones dadas en los considerandos.
II. Imponer las costas por el orden causado.
III. Diferir la regulación de honorarios para cuando exsita base para hacerlo.
IV.Notificar, protocolizar."
(No existen votos en disidencia: la resolución figura firmada por la Jueza Rodríguez, Vocalía Unipersonal N°7.)
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.