ENFERMEDAD/ACCIDENTE DE TRABAJO: SANCHEZ, VICTOR HUGO C/ PREVENCION ART S.A
El trabajador promovió reclamo por enfermedad/accidente de trabajo y las partes celebraron un convenio transaccional que fue sometido a homologación judicial. La Vocalía homologa el convenio en todos sus términos, regula honorarios y peritajes y ordena apertura de cuenta judicial y liquidación de tasas.
¿Quién es el actor?
Sr. Víctor Hugo Sánchez (trabajador/actor).
¿A quién se demanda?
PREVENCION ART S.A. (empresa / aseguradora de riesgos del trabajo).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Convenio transaccional por enfermedad/accidente de trabajo; petición de homologación del acuerdo celebrado entre las partes.
¿Qué se resolvió?
Se homologó en todas sus partes el convenio celebrado entre el Sr. Víctor Hugo Sánchez y PREVENCION ART S.A.; se regularon honorarios del letrado y de peritos; se ordenó la apertura de la cuenta judicial correspondiente; y se dispuso la liquidación por Secretaría de la Tasa de Justicia y contribución de C.A.P.S.A.P.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que dicho convenio se encuentra ratificado en sede judicial por el trabajador ante la actuaria (acta digitalizada), con lo que cumplidos los recaudos de ley (arts. 277 L.C.T. y 16 de la L.P.L.) y representando el mismo una justa composición de intereses, nada obsta a su homologación."
"En esta instancia, solo resta regular los honorarios profesionales del letrado de la parte demandada; teniendo en cuenta el monto convenido, la actuación efectuada y lo normado por los Arts. 11, 12, 16, 17, 23 y 28 de la Ley 6368, corresponde establecer los estipendios del Dr. Matías ISSOLIO en la suma de PESOS UN MILLON DOSCIENTOS ($1.200.000); y para los Sres. peritos médico Doctor Marcelo CACHAGUA y perito técnico Darío Martin Antonio QUISPE en un todo conforme lo dispuesto por el Art. 200 de la Ley 4055 y Acordada 114/16, por la suma de PESOS CUATROCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE ($ 446.237), para cada uno; en todos los casos, con más IVA si correspondiere y los que deberán incrementarse desde la fecha de mora hasta el efectivo pago, según Doctrina Legal del Superior Tribunal de Justicia (Libro de Acuerdo Nº 54 Fº 673/678 Nº 235), a la Tasa Activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina."
Bloque dispositivo (texto final):
"I) Homologar en todas sus partes y en cuanto por derecho hubiere lugar el convenio celebrado entre el Sr. VICTOR HUGO SANCHEZ y la razón social PREVENCION ART S.A, sin perjuicio de terceros.-
II) Regular los honorarios profesionales del Dr. Matías ISSOLIO en la suma de PESOS UN MILLON DOSCIENTOS ($1.200.000); y para los peritos medico Doctor Marcelo CACHAGUA y perito técnico Darío Martin Antonio QUISPE por la suma de PESOS CUATROCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE ($ 446.237), para cada uno, con más IVA si correspondiere, con costas por su orden.
III) Ordenar la apertura de la cuenta judicial perteneciente a los presentes obrados, dejando debida constancia.
IV) Liquidar por Secretaría Tasa de Justicia y contribución de C.A.P.S.A.P.-
V) Registrar, protocolizar y hacer saber.-"
(Voto único de la Vocalía Unipersonal Nº 1, firmada por la Jueza Arrieta, María Silvina.)
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Leyes que cita
- Ley 20.744Ley de contrato de trabajo
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