Despido: Cruz Juan Carlos c/ Comestible del Norte S.A. y Otros
El actor promovió demanda por indemnizaciones por despido y otros rubros contra Comestibles del Norte S.A. y personas relacionadas. Se hizo lugar a las excepciones opuestas por los demandados y, por ende, se rechazó la demanda por inexistencia probada de relación de dependencia.
¿Quién es el actor?
Juan Carlos Cruz (DNI 27.871.467).
¿A quién se demanda?
Comestibles del Norte S.A., Ramón Guillermo Rodríguez, Belkys Beatriz Alarcón y Franco Zalloco.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Indemnización por despido y otros rubros derivados de una presunta relación laboral no registrada (despido indirecto provocado por incumplimientos).
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a las excepciones opuestas por los demandados (falta de acción y falta de legitimación pasiva) y, en consecuencia, se rechazó en su totalidad la demanda. Se impusieron las costas al actor y se regularon honorarios por montos detallados, con orden de pago en 5 días de quedar firme la sentencia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que, en el caso de autos, el actor no ha logrado acreditar -si quiera- la prestación de servicios para los demandados y, menos aún, que esta fuera bajo la dependencia técnica, económica y/o jurídica de aquellos a los que sindicó como sus empleadores. En efecto, de la prueba agregada no surge -ni a modo indiciario- que el Sr. Cruz haya efectivamente prestado algún tipo de servicio en favor de los accionados y, mucho menos, que esto hubiera sido con una jornada laboral impuesta, cumpliendo órdenes e instrucciones de estos y a cambio de una remuneración, lo que claramente denota la inexistencia de relación de dependencia con los accionados."
"Que la orfandad probatoria respecto de los extremos invocados en la demanda por el actor es total y absoluta, al punto que no procuró -con los medios a su alcance- la asistencia de los testigos propuestos por su parte, quienes no concurrieron a las dos citaciones efectuadas en autos, y en última instancia, se lo tuvo por desistido de tal medio de prueba ante la inconcurrencia también de su apoderado legal a la segunda audiencia de vista de causa; siendo ésta, evidentemente, una prueba esencial -sino única- para acreditar la eventual procedencia de su postura, al haberse invocado la existencia de una supuesta relación laboral no registrada."
"Que por los motivos expuestos, me pronuncio por hacer lugar a las excepciones opuestas por la demandada y en consecuencia, rechazar la totalidad de la demanda interpuesta por Juan Carlos Cruz en contra de Comestibles del Norte S.A., Ramón Guillermo Rodríguez, Belkys Beatriz Alarcón y Franco Zalloco."
(Sobre costas y honorarios:) "Que respecto de los honorarios profesionales ... 50% de la pericia contable: $ 176.844,42 ... 176.844,42 / 4.716 x 322.000 = $ 12.074.619 ... se regulan los siguientes honorarios profesionales: 1.- Al Dr. Roberto Andrés Moya la suma de $ 1.126.964,44; 2.- Al Dr. Gastón Javier Baigorria, la suma de $ 2.414.923,8 y 3.- al perito CPN Dante Aníbal Ticó la suma de $ 845.223,33."
¿Cómo votaron los jueces?
Sentencia unipersonal (Dr. Diego Masacessi). No existen votos en disidencia.
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