Enfermedad/Accidente de Trabajo: MAMANI, Teófilo Alberto c/ EXPERTA ART S.A
El actor promovió demanda por enfermedad profesional contra EXPERTA ART S.A. reclamando prestaciones dinerarias y una indemnización por incapacidad. La Vocalía Unipersonal Nº 1 del Tribunal del Trabajo hizo lugar a la demanda y condenó a la ART a pagar $29.758.952,05 por indemnización, con costas y regulación de honorarios.
¿Quién es el actor?
Sr. Teófilo Alberto MAMANI, representado por el Dr. Julio Ignacio ZAMAR.
¿A quién se demanda?
EXPERTA ART S.A. (aseguradora de riesgos del trabajo), vinculada con CIA MINERA AGUILAR S.A. como empleadora.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reconocimiento de enfermedad profesional y pago de prestaciones dinerarias e indemnización por incapacidad (pago único).
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda y se condenó a EXPERTA ART S.A. a abonar la suma de PESOS VEINTINUEVE MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y DOS CON 05/100 ($ 29.758.952,05) en concepto de indemnización por enfermedad profesional; se impusieron costas a la demandada y se regularon honorarios de letrados y peritos conforme el dispositivo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En consecuencia, y a mi entender, los informes periciales producidos en autos se encuentran debidamente fundados tanto en criterios técnicos como científicos, no advirtiéndose motivo alguno que justifique su apartamiento.
Asimismo, considerando que el juez es libre de valorar los dictámenes conforme a las reglas de la sana crítica racional y el principio de libre convicción, basado en el conocimiento personal, las reglas de la experiencia y un análisis lógico y comparativo del contenido del dictamen, estimo que el informe en cuestión resulta claro, coherente y convincente.
Por todo lo expuesto, llego a la conclusión que por las tareas que efectuaba el Sr. Teofilo Alberto MAMANI para su empleador, se encontraba expuesto a agentes de riesgo (Monóxido de carbono, Polvos abrasivos, Sílice, Ruido, Carga, posiciones forzadas y gestos repetitivos de la columna vertebral) las cuales le ocasionaron lesiones en la columna dorso lumbar perdida respiratoria e hipoacusia, generándole una incapacidad permanente y definitiva del 24,9 % de la T.O., incluido los factores de ponderación."
"Consecuentemente, el monto indemnizatorio que debe percibir el Sr. Teófilo Alberto MAMANI por su incapacidad derivada por enfermedad profesional asciende a la fecha de la presente en concepto de capital e intereses a la suma de PESOS VEINTINUEVE MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y DOS CON 05/100($ 29.758.952,05) en concepto de indemnización por enfermedad profesional, el que deberá ser abonado en un solo pago, ... el importe determinado en la presente de no ser efectivizado por la demandada dentro de los cinco (5) días de dictada la sentencia, generará el interés equivalente al promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a treinta (30) días del Banco de la Nación Argentina hasta la efectiva cancelación, acumulándose los intereses al capital en forma semestral según lo normado por el Art. 770 del CCyCN (Art. 1º ap. 3) del Decreto 669/19 y SSN 332/23)."
(Asimismo, el tribunal reguló honorarios y peritajes en los montos consignados en el dispositivo.)
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Leyes que cita
- Ley 26.994Codigo civil y comercial de la nacion
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