ENFERMEDAD/ACCIDENTE DE TRABAJO: TOCONAS, ROBERTO CARLOS c/ EXPERTA ART S.A
El actor promovió demanda laboral por enfermedad profesional contra EXPERTA ART S.A. El Tribunal del Trabajo hizo lugar a la demanda y condenó a la aseguradora a pagar $15.773.296,14 por indemnización, funda su decisión en los informes periciales médico y técnico que vinculan las tareas con una hernia discal lumbo-sacra y una incapacidad del 15% de la T.O.
¿Quién es el actor?
Sr. Roberto Carlos Toconas, representado por el Dr. Julio Ignacio Zamar.
¿A quién se demanda?
EXPERTA ART S.A., representada por la Dra. Emma María Mercedes Arias.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Indemnizaciones dinerarias previstas en la Ley de Riesgos del Trabajo por enfermedad profesional (Hernia Discal Lumbo-Sacra y otras dolencias asignadas al trabajo).
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda y se condenó a EXPERTA ART S.A. a abonar $15.773.296,14 en concepto de indemnización por enfermedad profesional; se regularon honorarios de profesionales y peritos y se impusieron costas a la demandada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El galeno en su informe pericial señala que: “Semiología: Paciente lúcido, orientado en tiempo y espacio, preciso en los datos solicitados. Peso corporal: 75 kg. Talla: 1,65 m. (…) Examen visual: O.D.: 05/10 s/c y 10/10 c/c. O.I.: 04/10 s/c y 10/10 c/c. Fondo de ojo: A.O.: papila con bordes netos, mácula con brillo conservado. Retina aplicada en 360°. Tonometría: O.D.: 13 mmHg – O.I.: 15 mmHg. Ojo externo: normal. BMC: A.O.: sin particularidades. Miembros superiores: puede realizar los movimientos de todas las articulaciones de ambos miembros; los movimientos activos y pasivos no se encuentran limitados. Trofismo muscular conservado. (…) Miembros inferiores: movilidad conservada en todas las articulaciones, sin limitaciones, con trofismo y fuerza conservada. Columna cervical: sin cicatrices, sin contracturas paravertebrales, movilidad conservada (flexión 0º-30º; extensión 0º-30º; rotaciones 0º-40º; inclinaciones 0º-30º). Columna dorsolumbar: triángulo de la talla asimétrico, presencia de contracturas paravertebrales. Movilidad: flexión 0º-60º (3%), extensión 10º (2%), rotaciones 0º-20º (2%), inclinaciones 10º (2%). Dolor a la presión en L/S. Hipoestesia en región glútea izquierda, cara posterior del muslo, rodilla y tobillo lateral, región dorsal y lateral del pie izquierdo. Fuerza del hallux: asimétrica. Signo de Ramond (+), Lasègue a 30° y Wassermann izquierda positivos. Reflejos osteotendinosos presentes y asimétricos. RMN: rectificación de la lordosis lumbar, pinzamiento L/S, abombamiento discal de base ancha asimétrico que rectifica el saco dural y oblitera parcialmente el foramen izquierdo”."
"Concluye que el señor Roberto Carlos Toconas, presenta una incapacidad laboral parcial y permanente del Quince por ciento de la Total Obrera (15 % de la T.O.), de acuerdo a lo siguiente: Hernia Discal Lumbo-Sacra con compromiso radicular que afecta a un solo segmento columnario con limitación funcional del raquis dorsolumbar: 13%, más factores de ponderación: dificultad intermedia para realizar la actividad laboral habitual (10% del 13% = 1,30%), más edad (49 años = 0,70%)."
"Que a mi entender ambas pericias se encuentran debidamente justificadas tanto técnica como científicamente, no teniendo razón alguna para apartarme de ellas, por lo que, llego a la conclusión que por las tareas que efectuaba el Sr. TOCONAS para su empleador, se hallaba expuesto a agentes de riesgo (posiciones forzadas, movimientos repetitivos y vibraciones del cuerpo entero) las cuales le ocasionaron una Hernia Discal Lumbo-Sacra, generándole una incapacidad permanente y definitiva del 15 % de la T.O."
"Consecuentemente, el monto indemnizatorio que debe percibir el Sr. Roberto Carlos TOCONAS por su incapacidad derivada por enfermedad profesional asciende a la fecha de la presente en concepto de capital e intereses a la suma de PESOS QUINCE MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS con 14/100 ($ 15.773.296,14) en concepto de indemnización por enfermedad profesional, el que deberá ser abonado en un solo pago..."
"Por todo ello, la Vocalía Unipersonal Nº 1 del Tribunal del Trabajo de la Provincia de Jujuy, RESUELVE: I.- Hacer lugar a la demanda promovida por el Sr. ROBERTO CARLOS TOCONAS ..."
¿Cómo votaron los jueces?
decisión adoptada por la Vocalía Unipersonal Nº 1 (no consta disidencia).
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Leyes que cita
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
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