ENFERMEDAD/ACCIDENTE DE TRABAJO: CARI, SERGIO ROBERTO c/ EXPERTA ART S.A
El actor demandó a Experta ART S.A. reclamando prestaciones dinerarias por enfermedad profesional derivada de tareas en mina. El Tribunal del Trabajo hizo lugar a la demanda y condenó a la ART a pagar $21.031.061,52 por incapacidad permanente parcial vinculada a lumbociatalgia, con costas y regulación de honorarios.
¿Quién es el actor?
Sr. Sergio Roberto Cari, por representación del Dr. Julio Ignacio Zamar.
¿A quién se demanda?
Experta ART S.A. (aseguradora de riesgos del trabajo).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Prestaciones dinerarias por enfermedad profesional (Ley 24.557) — incapacidad permanente parcial/definitiva por lumbociatalgia y otras afecciones atribuídas al trabajo en mina.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda y se condenó a Experta ART S.A. a abonar $21.031.061,52 por prestaciones dinerarias previstas en la Ley de Riesgos del Trabajo (incapacidad permanente, parcial y definitiva del 20% de la t.o.). Costas a la demandada. Se regularon honorarios y peritos.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"… Se presenta lucido, comunicativo con marcha lenta por su ciatalgia. Pesa 72 Kg. Mide 1,67 m, Trofismo muscular de miembros inferiores disminuidos en ambas piernas. Perimetría. 33 cm Der. 36 cm Izq. A nivel del tercio medio del muslo. Le cuesta pararse después de haber permanecido sentado. No puede caminar rápido ni correr. No puede hacerlo en puntas de pie por impotencia funcional en Irradiada a la izquierda. Se observan limitaciones funcionales de columna lumbar: flexión de 0º a 40º. Extensión 0 a 10º. Rotación D e Izq. 0 a 10º. Inclinación D e I. 0º a 10º. Diagnóstico. ciática izquierda causada por esfuerzos en posiciones antiergonómicas. CONSIDERACIONES MEDICOLEGALES. Diagnóstico: De acuerdo a los antecedentes y la documentación médica aportada en autos el actor sufre lumbociatalgia crónica con limitaciones funcionales en columna dorsolumbar. No puede caminar en puntas de pie por la claudicación. Al ingresar a la empresa el actor trabajaba con su salud práctica que le permitía realizar normalmente sus tareas. El carácter laboral de la patología esta dado por la acción directa del trabajo con sobresfuerzos en posiciones antiergonómicas sobre la presentación de la patología y su cronicidad. DICTAMEN DE INCAPACIDAD: De acuerdo al baremo de Ley 24.557 por tratarse de lumbociatalgia con limitaciones funcionales que limitan la prestación laboral significativa se asigna incapacidad global del 18.00%. Factores de ponderación. Limitación para sus tareas habituales: Intermedia porque podrá realizar estas tareas aunque en forma limitada 10% del 18%= 1,80% . No requiere recapacitación ni recalificación laboral. Edad: 0,20% SUMATORIA FINAL: 18%+ 1,80%+ 0,20% = 20.00%. CONCLUSION: El actor Sr: Cari Sergio Roberto presenta una incapacidad permanente y definitiva del 20% (veinte por ciento) por las tareas de esfuerzo realizadas para la empresa Cia. Aguilar en explotación minera en socavones en funciones de operario minero. …"
"… La demandada presentó en autos el RAR realizado al actor, luego del análisis de los mismos se desprende la siguiente información: … En RAR realizado en fecha 17/10/2012 declara que el actor desempeña su labor SECCIÓN PIQUE INFERIOR, puesto de trabajo 7111 Mineros y canteros y se encontraba expuesto a los Riesgos ESOP … 90008 - VIBRACIONES DE CUERPO ENTERO … En RAR realizado en fecha 21/11/2013 declara que el actor desempeña su labor SECCIÓN PIQUE INFERIOR, puesto de trabajo 7111 Mineros y canteros y se encontraba expuesto a los Riesgos ESOP … 80004 - POSICIONES FORZADAS Y GESTOS REPETITIVOS MMSS … … La demandada no presenta en autos documental que acredite que brindó asesoramiento y asistencia técnica al empleador y a sus trabajadores en materia de prevención de riesgos del trabajo. …"
"RESUELVE:
I.- Hacer lugar a la demanda interpuesta por el Sr. Sergio Roberto Cari, DNI N° 23.661.731, en contra de Experta ART S.A., a quien se condena a abonar la suma de Pesos Veintiún Millones Treinta y Un Mil Sesenta y Uno con 52/100 centavos ($21.031.061,52), en concepto de prestaciones dinerarias previstas en la Ley de Riesgos del Trabajo, conforme lo dispuesto en el considerando.
II.- Costas a la demandada vencida (art. 128 del CPCyC).
III.- Regular los honorarios profesionales de los Dres. Julio Ignacio Zamar y Emma María Mercedes Arias, en las sumas de Pesos Cuatro Millones Trescientos Siete Mil Ciento Sesenta y Uno ($4.307.161) y Pesos Tres Millones Quince Mil Trece ($3.015.013), respectivamente, y de los peritos Dr. José Causarano y Lic. Alfredo Fabricio Alvarez, en la suma de Pesos Cuatrocientos Setenta y Cinco Mil Trescientos Dos ($475.302), para cada uno; en todos los casos con más IVA de corresponder y los que se incrementarán conforme lo dispuesto en el considerando.
IV.- Liquidar por Secretaría tasa de justicia y contribución de CAPSAP.
V.- Registrar, protocolizar, hacer saber."
¿Cómo votaron los jueces?
No se registra disidencia; la parte resolutiva final (acuerdo) es la que manda.
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Leyes que cita
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
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