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Cámara de Apelaciones

EJECUCIÓN DE HONORARIOS: GALINDEZ, OSCAR AGUSTIN DEL VALLE C/ A.D.E.P (ASOCIACIÓN DE EDUCADORES PROVINCIALES)

El letrado Dr. Oscar Agustín del Valle Galindez promovió ejecución y regulación de honorarios por la etapa de ejecución contra la Asociación de Educadores Provinciales (A.D.E.P.). La Vocalía Unipersonal Nº7 reguló los honorarios en $211.035, declaró inconstitucional el art.64 de la Ley 6368 y ordenó el devengamiento de intereses a la tasa activa hasta su efectivo pago.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Tribunal del Trabajo-Sala III-Vocalía 7 (JUJUY)
Fuero
Tribunal del Trabajo-Sala III-Vocalía 7
Jurisdicción
Local · Jujuy
Expediente
C-251874/2024
Costas Honorarios Inconstitucionalidad Ejecucion Intereses tasa activa Tribunal del trabajo 5 uma Art.64 ley 6368 A.d.e.p. $211.035

¿Quién es el actor?

Dr. Oscar Agustín del Valle Galindez (letrado ejecutante).

¿A quién se demanda?

Asociación de Educadores Provinciales (A.D.E.P.).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Regulación y cobro de honorarios profesionales correspondientes a la etapa de ejecución por sentencias previas (expedientes B-228150/2010 y B-138567), más intereses y costas.

¿Qué se resolvió?

Se regularon los honorarios del Dr. Galindez en la suma de PESOS DOSCIENTOS ONCE MIL TREINTA Y CINCO con 00/100 ($211.035,00) más IVA; se declaró la inconstitucionalidad del art.64 de la Ley de Honorarios Nº6368 y se dispuso que los honorarios devenguen intereses a la tasa activa desde la fecha de la sentencia hasta su efectivo pago; se impusieron las costas a la demandada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Realizada la operación aritmética mencionada en la primera parte del art. 34, arroja un monto ínfimo de honorarios, los estipendios del letrado, deben regularse aplicando el mínimo de 5 UMA, cuyo valor actual, asciende a la suma de $42.207,00 según Resolución 361/2025 del Colegio de Abogados y Procuradores de la Provincia, se estiman los honorarios del Dr. Oscar Agustín del Valle Galindez, en la suma de PESOS DOSCIENTOS ONCE MIL TREINTA Y CINCO con 00/100 cvos.($211.035,00), más IVA de corresponder."

"De conformidad a lo dispuesto por la Suprema Corte de Justicia en el expediente NºLA-18351/2022, corresponde declarar la inconstitucionalidad del art.64 de la Ley de Honorarios Nº6368 y en consecuencia, disponer que los honorarios regulados en esta sentencia devenguen intereses a la tasa activa (L.A. 54, Nº235) desde la fecha de la presente y hasta su efectivo pago."

Bloque dispositivo (parte resolutiva final):

"I. Regular los honorarios profesionales del Dr. Oscar Agustín del Valle Galindez, en la suma de PESOS DOSCIENTOS ONCE MIL TREINTA Y CINCO con 00/100 cvos.($211.035,00) más IVA de corresponder."

"II. Declarar la inconstitucionalidad del art.64 de la Ley de Honorarios Nº6368 y, en consecuencia, disponer que los honorarios regulados en esta sentencia devenguen intereses a la tasa activa (L.A. 54, Nº235) desde la fecha de la presente y hasta su efectivo pago."

"III. Imponer las costas a la demandada en su carácter de vencida (art.128, C.P.C.C.)."

¿Cómo votaron los jueces?

Vocalia unipersonal (Sala III, Vocalía Nº7). No constan disidencias.

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