ENFERMEDAD/ACCIDENTE DE TRABAJO: TOLABA, CRISTIAN MARCELO C/ SWISS MEDICAL ART S.A
El actor promovió acción por enfermedad/accidente de trabajo contra Swiss Medical ART S.A. para obtener la indemnización correspondiente. El Tribunal del Trabajo fijó el monto de condena en $17.876.402,29 y reguló honorarios, aplicando actualización con R.I.P.T.E., comparando con el piso mínimo vigente y con inclusión del adicional del art. 3 de la ley 26.773.
¿Quién es el actor?
Tolaba, Cristian Marcelo.
¿A quién se demanda?
Swiss Medical ART S.A. (aseguradora / ART).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Indemnización por enfermedad/accidente de trabajo (liquidación del monto de condena ya determinada en la sentencia de fondo).
¿Qué se resolvió?
Se fijó el monto de condena en $17.876.402,29, que deberá ser pagado por la aseguradora en 15 días desde la notificación; se regularon honorarios profesionales del Dr. Mario R. Gualampe ($3.575.280), Dr. Alfonso A. Zamar ($2.502.696) y del perito médico José Causarano ($625.674), más IVA si corresponde.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Según lo resuelto por el tribunal el cálculo del crédito fue realizado por el área contable, donde se determinó el ingreso base y se contempló la edad del trabajador al momento del siniestro, para su incorporación la fórmula de ley junto con el porcentaje de incapacidad. La determinación del ingreso base y la actualización hasta la fecha de la primera manifestación invalidante (P.M.I.) se realizó con el índice R.I.P.T.E.
Ahora bien, con relación a la manera de actualizar la deuda hasta el momento de la liquidación (art. 12 inciso 2 de la ley 24.557 según el texto modificado y vigente), este órgano jurisdiccional realizaba una comparación de los resultados de la fórmula según los diferentes criterios sostenidos por la Suprema Corte de Justicia en los precedentes “Revollo”, “Rodríguez” y “Gaspar” ... Sin embargo, mediante sentencia del 05 de agosto de 2025, la sala II de la Cámara de Apelaciones del Trabajo ... revocó la sentencia dictada por esta vocalía ... dispuso la aplicación de los fallos “Revollo” y “Rodríguez”, y ordenó comparar con el mínimo vigente a la fecha en la que se establezca el importe por el que debe prosperar la demanda.
Así, las pautas de actualización dadas en estos precedentes serán las que se utilizarán en el sub lite, por una cuestión de economía procesal, y sin perjuicio de dejar a salvo la opinión de quien suscribe sobre sobre los distintos temas allí tratados, lo que implica descartar los argumentos vertidos en el fallo “Gaspar”.
Entonces, la planilla es la que se adjunta a esta sentencia, en la que se utilizó el piso mínimo vigente según la resolución Nº 37/2025 de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, por ser mayor al resultado de la fórmula. Asimismo, se incluyó la indemnización adicional de pago único prevista en el art. 3 de la ley 26.773 (20%), lo que hace un total de $17.876.402,29 como monto de condena.
Ese importe deberá ser pagado por la aseguradora en el plazo de quince (15) días contados a partir de la notificación de esta sentencia. En caso de mora, se aplicará interés a tasa activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina."
¿Cómo votaron los jueces?
Sentencia firmada por el Juez del Tribunal del Trabajo Dr. Agustín Ontiveros (vocalía unipersonal). No constan votos en disidencia.
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Leyes que cita
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
- Ley 26.773Riesgos del trabajo
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