DESPIDO: ORTIZ, NELSON ROSARIO C/ SYRAH CATERING & EVENTOS S.R.L
El actor promovió demanda por despido y las partes celebraron un convenio transaccional por $5.250.000 que fue sometido a homologación judicial. El Tribunal del Trabajo homologó el acuerdo, reguló honorarios para el letrado por $1.050.000 y del perito C.P.N. Héctor Flores por $183.750, e impuso las costas a la demandada.
¿Quién es el actor?
Nelson Rosario Ortiz.
¿A quién se demanda?
SYRAH CATERING & EVENTOS S.R.L.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Acción por despido; las partes arribaron a un convenio transaccional del 02/12/2025 por la suma de $5.250.000.
¿Qué se resolvió?
Se homologó el convenio transaccional, se regularon honorarios del Dr. Pedro Atauche en $1.050.000 (más IVA si correspondiera) y del C.P.N. Héctor Enrique Flores en $183.750 (más IVA si correspondiera); se impusieron las costas a la demandada y se ordenó protocolizar y hacer saber.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En el acuerdo celebrado se contempla el interés de las partes por lo que es viable su aprobación, en virtud de lo normado por los arts. 1.641, 1.642 y cc. del Código Civil y Comercial. El Sr. Nelson Rosario Ortiz ratificó de manera personal, y acompañado por su letrada, el convenio en estos obrados. Se han observado las disposiciones del art. 15 de la LCT y concordantes, en el marco del art. 16 de la LPL. De las constancias de autos surge que la transacción satisface adecuadamente los requerimientos legales, por lo que procede homologarla."
"De conformidad con las bases brindadas por los arts. 01, 15, 16, 17, 20, 23, 24, 31 y cc. de la ley Nº 6.368, según el mérito, extensión de la labor desarrollada y el monto del convenio ($5.250.000) se regulan los honorarios del Dr. Pedro Atauche en la suma de pesos un millón cincuenta mil ($1.050.000), más el impuesto al valor agregado si correspondiere."
"En lo que respecta a los honorarios del perito C.P.N. Héctor Enrique Flores se estima justo regularlos en la suma de pesos ciento ochenta y tres mil setecientos cincuenta ($183.750), más el impuesto al valor agregado si correspondiere. Esta cifra se ha calculado de conformidad con lo establecido por la acordada Nº 114/16 del Superior Tribunal de Justicia y el art. 200 de la L.O.P.J."
"Estos montos se encuentran determinados a la fecha de la presente resolución por lo que sólo en caso de mora se liquidarán intereses con la tasa activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina. Las costas se imponen a la demandada."
(Bloque dispositivo final reproducido textualmente:)
"I.- Homologar el convenio de fecha 02 de diciembre del 2025 (escrito Nº2050513) a sus efectos legales.
II.-Regular los Honorarios del Dr. Pedro Atauche en la suma de pesos un millón cincuenta mil ($1.050.000), más IVA si correspondiere.
III.- Regular los honorarios del C.P.N. Héctor Enrique Flores en la suma de pesos ciento ochenta y tres mil setecientos cincuenta ($183.750), más IVA si correspondiere.
IV.- Protocolizar, hacer saber, etc."
No constan votos en disidencia en el dispositivo final del expediente.
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Leyes que cita
- Ley 26.994Codigo civil y comercial de la nacion
- Ley 20.744Ley de contrato de trabajo
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