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Cámara de Apelaciones

ENFERMEDAD – ACCIDENTE DE TRABAJO: REARTE ANGEL NABAL C/ PROVINCIA ART S.A

El actor promovió demanda por incapacidades y prestaciones dinerarias derivadas de enfermedad/accidente de trabajo contra Provincia ART S.A. El Tribunal hizo lugar a la demanda, declaró inconstitucional el DNU 54/17 y la Resolución 332/23 en el caso concreto y condenó a la aseguradora al pago único de $15.058.240,05 por incapacidad del 14,32%.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Tribunal del Trabajo-Sala IV-Vocalía 12 (JUJUY)
Fuero
Tribunal del Trabajo-Sala IV-Vocalía 12
Jurisdicción
Local · Jujuy
Expediente
D-50655/2024
Riesgos del trabajo Honorarios y costas Ley 24.557 / ley 27.348 32%) Incapacidad laboral (14 Indemnizacion dineraria ($15.058.240 Dnu 54/17 (inconstitucional) Resolucion ssn 332/23 (inconstitucional en el caso) Actualizacion ripte / vmib Comisiones medicas (instancia previa Operatividad en jujuy) Provincia art s.a. (demandada) Observaciones breves: la sentencia decide el fondo Condena a la art al pago unico y resuelve cuestiones de constitucionalidad sobre dnu y normativa reglamentaria Ademas de aplicar precedentes locales (revollo Rodriguez) para la metodologia de actualizacion del ingreso base.

¿Quién es el actor?

Sr. Ángel Nabal Rearte, representado por Dr. Víctor Hugo Coria.

¿A quién se demanda?

Provincia ART S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reconocimiento de patologías y prestaciones dinerarias (indemnización por incapacidad derivada de exposición laboral: afecciones visuales, auditivas y de columna/rodilla) conforme Ley 24.557 y normativa complementaria; además tachas de inconstitucionalidad sobre normas y decretos/reglamentos vinculados al régimen de riesgos del trabajo.

¿Qué se resolvió?

Se rechazaron como abstractos varios planteos de inconstitucionalidad relativos a artículos de la LRT y a la ley 26.773 y se declaró, en este caso concreto, la inconstitucionalidad del DNU 54/17 y de la Resolución 332/23; se rechazó la excepción de falta de acción opuesta por la ART; se hizo lugar a la demanda y se condenó a Provincia ART S.A. a pagar al actor en un solo pago $15.058.240,05. Se impusieron costas a la demandada y se regularon honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En definitiva, la accionada deberá abonar al actor la suma indicada de PESOS QUINCE MILLONES CINCUENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS CUARENTA CON 05/100 ($ 15.058.240,05)."

"En primer lugar, cabe tener presente que la CSJN en el fallo “Rodríguez Pereyra” de 2012 ratificó la facultad de los magistrados de declarar de oficio la inconstitucionalidad de las leyes recordando, en tal oportunidad, lo dicho por la Corte en el precedente “Municipalidad de la Capital c/ Elortondo” en el sentido de que: '…Es elemental en nuestra organización constitucional la atribución que tienen y el deber en que se hallan los tribunales de justicia, de examinar las leyes en los casos concretos que se traen a su decisión, comparándolas con el texto de la Constitución para averiguar si guardan o no conformidad con ésta, y abstenerse de aplicarlas, si las encuentran en oposición con ella...' ... Estos lineamientos de la Corte determinan la nulidad e inconstitucionalidad del DNU 54/2017."

"Desde su publicación el DNU 669/19 fue tomado como manifestación de la facultad delegada en los términos del Art. 11.3 de la LRT que autoriza al Poder Ejecutivo a mejorar las prestaciones dinerarias, y no hubo dudas ni en doctrina, ni en jurisprudencia ni en la práctica judicial respecto a que la actualización del ingreso base que determinaba dicho DNU se practicaba mediante un cociente entre el RIPTE a la fecha de la sentencia y el RIPTE de la fecha en que se determinó el ingreso base. ... Pero la aparición de la Resolución 332/23 ... vino a generar una profunda división interpretativa ... En mi opinión la interpretación que debe prevalecer es la de actualizar el valor del ingreso base como se venía realizando antes de aparición de la resolución 332/23, es decir, mediante la elaboración de un índice a partir del cociente entre los valores del RIPTE ... De cualquier modo ... deviene abstracto cualquier análisis sobre el punto por cuanto como surge del Anexo III aplicando el precedente “Revollo” no se llega al piso mínimo garantizado ... por lo que ... alcanza a la suma de $ 15.058.240,05."

(Se consignan además, textualmente, las partes resolutivas finales relevantes:)

"RESUELVE:

I.- Declarar en este caso concreto la inconstitucionalidad de la Resolución 332/23 de la Superintendencia de Seguros de la Nación y del DNU 54/17. Asimismo, rechazar la inconstitucionalidad planteada respecto del Art. 12 de la LRT y abstractos lo referidos a los Arts. 1, 6, 8, 21, 22 y 46 de la LRT e incisos 5 y 6 de la ley 26.773. Todo ello conforme lo explicitado en los considerandos.

II.- Rechazar la excepción de falta de acción opuesta por Provincia ART S.A. conforme se explica en los considerandos.

III.- Hacer lugar a la demanda promovida por el Sr. Ángel Nabal en contra de Provincia ART S.A. y en su mérito condenar a esta última a abonar al actor en un solo pago la suma de PESOS QUINCE MILLONES CINCUENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS CUARENTA CON 05/100 ($ 15.058.240,05)."

¿Cómo votaron los jueces?

Sentencia de vocalía unipersonal (Dr. Oscar Nuttini). No constan votos en disidencia; el bloque dispositivo final coincide con lo resuelto por el magistrado que firma.

Leyes que cita

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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