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Primera Instancia

EJECUCIÓN FISCAL: ESTADO PROVINCIAL - TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA PROVINCIA DE JUJUY C/ PATAGUA, EDGAR DAVID

El Estado Provincial - Tribunal de Cuentas promovió ejecución fiscal contra Patagua por multas administrativas por $5.720 más intereses. El Juzgado ordenó llevar adelante la ejecución hasta cobrar el íntegro del capital reclamado, con intereses resarcitorios desde la mora conforme a la tasa activa del Banco de la Nación Argentina e impuso las costas a la parte demandada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Juzgado de Primera Instancia Nº 6-Secretaría 12 (JUJUY)
Fuero
Juzgado de Primera Instancia Nº 6-Secretaría 12
Jurisdicción
Local · Jujuy
Expediente
C-143139/2019
Costas Intereses resarcitorios Ejecucion fiscal Tasa activa banco nacion Multa administrativa Tribunal de cuentas Honorarios diferidos Ley 6368. Capital $5.720 Notificacion edictos

¿Quién es el actor?

Estado Provincial – Tribunal de Cuentas de la Provincia de Jujuy (representado por Dra. Mónica Torres).

¿A quién se demanda?

Sr. Patagua, Edgar David, DNI 24.397.388.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución fiscal por multas administrativas originadas en expedientes Nº 800-230-2011, Nº 800-438-2013 y Nº 800-165-2012; capital reclamado PESOS CINCO MIL SETECIENTOS VEINTE ($5.720) más intereses y accesorias.

¿Qué se resolvió?

Se ordenó llevar adelante la ejecución fiscal hasta el íntegro pago del capital reclamado ($5.720) con intereses resarcitorios calculados desde la mora (21/10/2024) conforme a la tasa activa del Banco de la Nación Argentina; se impusieron las costas a la parte demandada y se difirió la regulación de honorarios hasta la presentación y aprobación de la planilla de liquidación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"1.- Que las resoluciones traídas al proceso son un título suficiente que trae aparejada ejecución (art. 588 CPCC) Ley 4376 y Ley 6364.-"

"2.- Por su parte, el demandado no se presentó a oponer excepciones que obsten al progreso de la acción, encontrándose notificado y vencido el plazo para hacerlo.-"

"3.- Por ello, corresponde mandar llevar adelante la presente ejecución fiscal seguida por el Estado Provincial – Tribunal De Cuentas De La Provincia De Jujuy en contra del demandado hasta que el acreedor se haga con el íntegro pago de la suma reclamada.-"

"4.- En relación a los intereses resarcitorios solicitados en base al art. 46 del Código Fiscal, corresponde hacer lugar a los mismos, los cuales se determinarán sobre el monto adeudado conforme tasa activa del Banco de la Nación Argentina, doctrina del Superior Tribunal de Justicia en LA nº 54 nº 235.-"

Parte resolutiva final (extracto): "I.- Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por el Estado Provincial - Tribunal de Cuentas de la Provincia de Jujuy en contra del SR. PATAGUA, EDGAR DAVID DNI Nº 24.397.388, hasta que la demandante se haga con el íntegro pago del capital reclamado que asciende a la suma de PESOS CINCO MIL SETECIENTOS VEINTE ($5.720) con los intereses resarcitorios calculados desde la mora (21/10/2024) y hasta su efectivo pago conforme a la tasa activa del Banco de la Nación Argentina, doctrina del Superior Tribunal de Justicia en LA Nº 54 Nº 235.-"

"2.- Imponer las costas a la parte demandada vencida (art. 128 CPCC).-"

"3.- Diferir la regulación de honorarios para cuando se practique planilla de liquidación y la misma sea aprobada (art. 24 y 58 de la ley 6368).-"

¿Cómo votaron los jueces?

No constan votos en disidencia en el texto aportado.

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