Recurso de Apelación en C-088296/2017 Enfermedad/Accidente de Trabajo: CABANA, ANA LUCRECIA c/ SWISS MEDICAL ART S.A
La actora demandó por prestaciones dinerarias derivadas de accidente de trabajo y solicitó la aplicación de la LRT con piso mínimo y compensación adicional. La Cámara rechazó la apelación de Swiss Medical ART S.A., confirmó la sentencia de fecha 12/12/2025 que condenó a la ART a abonar $18.938.470,89 y sostuvo la aplicación del piso mínimo vigente a la fecha de liquidación conforme a precedentes provinciales.
¿Quién es el actor?
Ana Lucrecia CABANA.
¿A quién se demanda?
SWISS MEDICAL ART S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Prestaciones dinerarias previstas en la Ley 24.557 por incapacidad laboral parcial, permanente y definitiva derivada de accidente de trabajo ocurrido el 26/01/2017; más compensación adicional de pago único prevista en la Ley 26.773.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de apelación interpuesto por la demandada y se confirmó en todas sus partes la sentencia de fecha 12/12/2025 que condenó a pagar $18.938.470,89; se impusieron las costas a la recurrente; se regularon honorarios por $826.450 (Dr. Carlos A. Meyer) y $578.514 (Dr. Alfonso A. Zamar); se conminó a funcionarios y al letrado apelante por demoras procesales.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Por dicha sentencia la Sra. Jueza de grado resolvió: Declarar la inconstitucionalidad para el caso de los arts. 21, 22 y 46 de la Ley 24.557; Hacer lugar a la demanda interpuesta por la Sra. Ana Lucrecia CABANA en contra de Swiss Medical ART S.A. y condenarla a abonar la suma de pesos dieciocho millones novecientos treinta y ocho mil cuatrocientos setenta con 89/100 ($ 18.938.470,89) en concepto de prestaciones dinerarias previstas en la LRT; Impuso las costas a la demandada vencida y reguló honorarios de los profesionales intervinientes."
"En efecto, en el Expediente N° LA-20861/24 caratulado 'Revollo, David Francisco c/ Galeno ART S.A.' la Sala Laboral de nuestra Suprema Corte de Justicia estableció que el interés previsto en el inc. 2 del art. 12 de la LRT debe calcularse mediante la sumatoria lineal de las tasas de variación del RIPTE... De las normas citadas surge que para calcular los intereses dispuestos en el inc. 2 del art. 12 de la LRT (según modificaciones reseñadas) debe practicarse una sumatoria lineal de las tasas de variación del RIPTE, desde la fecha de la primera manifestación invalidante hasta la fecha de cálculo (en que deba ponerse a disposición la indemnización)..."
"Conforme a dicha doctrina, el piso mínimo de comparación correctamente aplicable es el vigente a la fecha de liquidación —en el caso, la Resolución SRT N° 37/2025— y no el vigente a la fecha de la primera manifestación invalidante, tal como erróneamente pretende el apelante."
"Puesto que la sentencia de grado no exhibió la planilla comparativa, este Tribunal ha practicado la liquidación correspondiente... de la cual surge que el resultado obtenido por la fórmula polinómica prevista en el art. 14 ap. 2, inciso a) de la Ley 24.557, esto es $ 538.823,94, es ostensiblemente inferior al piso mínimo establecido por la Resolución SRT N° 37/2025, confirmando así que la aplicación de dicho piso resulta correcta."
¿Cómo votaron los jueces?
el voto del Dr. Domínguez contiene los fundamentos detallados y la Dra. Montes adhiere expresamente a las conclusiones del voto que antecede. No se registran votos en disidencia.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Leyes que cita
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
- Ley 26.773Riesgos del trabajo
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.