ORDINARIO POR DAÑOS Y PERJUICIOS: PALOMO, GEORGINA MARISOL Y ROMERO, LUIS ALBERTO MISAEL C/ ESTADO PROVINCIAL
Los actores demandaron al Estado Provincial por daños y perjuicios por la muerte fetal atribuida a mala praxis obstétrica y deficiente atención del embarazo. La Cámara rechazó la demanda al entender que no quedó probado el nexo causal entre la actuación del servicio de salud y la muerte fetal, ponderando historia clínica y pericia y cuestionando la conducencia de ésta última.
¿Quién es el actor?
GEORGINA MARISOL PALOMO y MISAEL LUIS ALBERTO ROMERO (representados por el Dr. Tomás González).
¿A quién se demanda?
ESTADO PROVINCIAL.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Indemnización por daños y perjuicios por la muerte fetal de la hija por nacer (15/11/2019), atribuida a deficiente atención obstétrica, mala praxis, falta de derivación a mayor complejidad, falta de control de diabetes gestacional, daños extrapatrimoniales, gastos de sepelio, renta vitalicia y daño psicológico.
¿Qué se resolvió?
Rechazo de la demanda; imposición de costas por el orden causado; regulación de honorarios profesionales (Dr. Tomás González $3.000.000 y perito Dr. Adolfo E. Pestoni $150.000 más IVA, de corresponder); protocolizar, publicar y notificar.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Entonces, si la paciente superó el cuadro de descompensación de su diabetes por el que fue tratada en esas dos ocasiones, no hay fundamentos para sostener que el tratamiento fue inadecuado o insuficiente omitiendo precisar, además, cuál era el indicado."
"Tampoco tiene fundamento la afirmación de la actora sobre la falta de determinación de la causa de la muerte y la omisión de estudios enderezados a establecerla. La historia clínica incluye a fs. 3 el informe anatomopatológico relativo al estudio de la placenta del que resulta que el diagnóstico fue microbiosis y micro-calcificaciones, cordón umbilical bivascular y membrana con corio-amniosis aguda, moderada. Y, según lo insinúa el perito, la causa de la muerte fetal fue la la corioamnionitis aguda (infección del líquido amniótico y del tejido que rodea el feto) que fue corroborada en la anatomía patológica (respuesta a la pregunta 28 de la actora)."
"Así pues, estimo no probado el nexo causal entre la muerte fetal y acción u omisión reprochable del Estado demandado. Y si bien la historia clínica puede presentar deficiencias en sus registros, éstas no tienen relación de causalidad con el resultado."
Bloque dispositivo final (transcrito): "RESUELVO: 1. Rechazar la demanda promovida por GEORGINA MARISOL PALOMO y MISAEL LUIS ALBERTO ROMERO en contra del ESTADO PROVINCIAL. 2. Imponer las costas por el orden causado. 3. Regular los honorarios profesionales del Dr. TOMÁS GONZÁLEZ en la suma de TRES MILLONES DE PESOS ($ 3.000.000.-) y los del Perito Médico Dr. ADOLFO ENRIQUE PESTONI en la de CIENTO CINCUENTA MIL PESOS ($ 150.000.-) en ambos casos más el impuesto al valor agregado, de corresponder. 4. Protocolizar, publicar, notificar por cédula y hacer saber a C.A.P.S.A.P. y a la Dirección General de Rentas de la Provincia (asrt. 169 del C.P.C.C.)"
¿Cómo votaron los jueces?
No consta voto en disidencia; la resolución final es la que antecede y prevalece.
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Normas que cita
- Constitución Nacionalarts. 16, 17, 18, 19, 43, 75, 86, 116 · Constitucion nacional
- Constitución (Jujuy)arts. 10, 21
- Ley 26.944Responsabilidad estatal
- Ley 6112 (Jujuy)arts. 23, 24, 25
- Ley 6402 (Jujuy)
- Ley 6368 (Jujuy)
- Ley 4055 (Jujuy)art. 200
- Acordada 19 Fº 228/231 Nº 114 (Jujuy)
Fallos que cita
- DevotoCSJN · Fallos 169:111
- VadellCSJN
- Fallos 169:111CSJN
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