Urbano Melendes c/ Fadua S.A. y FCA Automobiles Argentina S.A
El actor promovió acción emergente de la Ley de Defensa del Consumidor contra la concesionaria y el fabricante por vicio grave en una camioneta 0 km y reclamó resolución del contrato y daños. La Cámara hizo lugar a la acción, declaró resuelto el contrato, ordenó restitución recíproca y condenó solidariamente a las demandadas al pago de $66.870.000 por daño material, privación de uso, daño moral y punitivo, con costas y regulación de honorarios.
¿Quién es el actor?
Melendes Urbano, por apoderado Dr. Héctor R. Amador.
¿A quién se demanda?
Fadua S.A. (concesionaria) y FCA Automoviles Argentina S.A. (fabricante/distribuidor).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Acción emergente de la Ley de Defensa del Consumidor por vicio grave en vehículo Fiat Toro 0 km; resolución del contrato de compraventa con restitución recíproca, reintegro de sumas pagadas a valor actual, más privación de uso, daño moral, daño punitivo e intereses.
¿Qué se resolvió?
Se rechazaron las excepciones de prescripción y falta de legitimación pasiva; se hizo lugar a la acción emergente, se resolvió el contrato con restitución recíproca; el actor debe reintegrar el vehículo en 10 días y las demandadas fueron condenadas solidariamente a pagar $66.870.000 (desglosado en $47.490.000 daño material; $4.380.000 privación de uso; $5.000.000 daño moral; $10.000.000 daño punitivo). Se impusieron costas a las demandadas y se regularon honorarios y honorarios periciales.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En consecuencia, siendo ostensible la existencia del desperfecto descripto, acreditada su persistencia pese a las reiteradas intervenciones técnicas efectuadas en la concesionaria oficial y verificado el riesgo cierto de ocasionar daños graves e irreversibles en el motor —con el consiguiente menoscabo patrimonial y afectación a la seguridad del usuario—, corresponde tener por configurado un vicio grave de fabricación. Dicho defecto, por su naturaleza y características, resulta razonablemente preexistente a la adquisición del rodado, en tanto no se trata de un deterioro atribuible al uso indebido ni al desgaste propio del transcurso del tiempo, sino de una anomalía estructural que se manifestó desde los primeros tiempos de utilización."
"Por lo expuesto, corresponde hacer lugar a la acción emergente del consumidor interpuesta por Melendes Urbano en contra de Fadua S.A. y FCA Automoviles Argentina S.A., disponiendo la resolución del contrato de compraventa, con restitución recíproca de las prestaciones, debiendo el actor reintegrar el vehículo y las demandadas abonarle en forma solidaria la suma de $47.490.000 (revista infoauto), necesaria para adquirir un vehículo de las mismas características a precio actual, importe que llevará los intereses de la tasa activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina, a partir de la presente y hasta el efectivo pago (Libro de Acuerdos Nº 54, Fº 910/917, Nº 242)."
Además, sobre rubros indemnizatorios: "El actor no utilizó el vehículo desde el 28/01/22, fecha de la última orden de reparación (Nº 119329). Así las cosas se vio privado de uso durante 1460 días. Siendo así, este rubro prospera por la suma actual de $4.380.000 (teniendo como como base $3.000 pesos diarios)."
Sobre daño moral y punitivo: "La preocupante situación que debió atravesar el damnificado ... configura una intranquilidad injustificada ... estimando este rubro en la suma de $5.000.000 ..."; y "se tipifica una conducta reprochable de índole grave y en consecuencia resulta prudente establecer la suma de $10.000.000."
¿Cómo votaron los jueces?
La resolución final aparece firmada por la Dra. Ana María Del Huerto Sapag como Vocalía 6 de la Sala Segunda; no se registran votos en disidencia en el dispositivo aportado.
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Leyes que cita
- Ley 24.240Defensa del consumidor
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