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Cámara de Apelaciones

Daños y Perjuicios: BARRO, DELIA c/ SORIA, JORGE CESAR

Se regularon los honorarios del perito médico por actuaciones en autos de daños y perjuicios concluido por transacción. La Cámara fijó los honorarios del Dr. José Causarano en $544.533, más IVA si corresponde, imponiéndolos a cargo de la demandada y disponiendo su registro y notificación.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Cámara en lo Civil y Comercial -Sala I-Vocalía 2 (JUJUY)
Fuero
Cámara en lo Civil y Comercial -Sala I-Vocalía 2
Jurisdicción
Local · Jujuy
Expediente
C-188001/2021
Incidente Regulacion de honorarios Transaccion Perito medico Uma Notificacion por cedula Costas a cargo de la demandada Intereses tim Acordada 114/2016 $544.533

¿Quién es el actor?

BARRO, DELIA.

¿A quién se demanda?

SORIA, JORGE CESAR.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Proceso por daños y perjuicios; el expediente concluyó mediante convenio transaccional celebrado el 11 de mayo de 2026. El incidente tratado es la regulación de honorarios del perito médico.

¿Qué se resolvió?

Se regularon y fijaron los honorarios del Perito Médico DR. JOSE CAUSARANO en la suma de PESOS QUINIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS TREINTA Y TRES ($544.533.-), con más IVA en caso de corresponder, imponiéndose dichos honorarios a cargo de la demandada; se ordenó registrar, protocolizar y notificar por cédula.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"1.- En fecha 11 de mayo de 2026, las partes arriban a un convenio transaccional que pone fin al presente litigio.

En la cláusula Tercera, estipulan que los honorarios profesionales de los letrados serán convenidos y abonados extrajudicialmente y las costas y honorarios del perito estarán a cargo de la demandada.

2.- Por consiguiente, corresponde regular los honorarios del Perito Médico José Causarano por su actuación en autos.

3.- Para ello, tomando como base el monto de la transacción, los resultados obtenidos son inferiores a los honorarios mínimos conforme la Acordada 114/2016, (55% de los Honorarios mínimos para abogados y procuradores) y siendo la operación conforme el tipo de proceso la siguiente $49.503.- x 20 UMA=$990.060.- x 55%=$544.533.-, razón por la cual se fijan para el Perito Médico DR. JOSE CAUSARANO en la suma de PESOS QUINIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS TREINTA Y TRES ($544.533.-), con más IVA en caso de corresponder.

Dicho monto devengará desde la fecha de regulación hasta su efectivo pago, el interés que se calculará conforme los términos de la Resolución Nº 01/26 del Banco Central de la República Argentina (TIM).

Por lo expuesto, el Vocal Titular de la Vocalía nº 2 de la Sala Primera de la Cámara Civil y Comercial,

RESUELVE:

I.- Regular los honorarios profesionales del Perito Médico DR. JOSE CAUSARANO en la suma de PESOS QUINIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS TREINTA Y TRES ($544.533.-), con más IVA en caso de corresponder, los que son a cargo de la demandada.

II.- Registrar, protocolizar y notificar por cédula."

(Firmado: López Iriarte, José Alejandro - Juez de la Cámara en lo Civil y Comercial; Calluso, Eleonora - Secretario de Primera Instancia)

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