Ordinario por Daños y Perjuicios Sotelo Catalina Ramona del Valle c/ Centeno Augusto Maximiliano.- Acta de audiencia y sentencia oral En la sala de audiencias del Centro Judicial de San Pedro de Juju
La actora promovió acción de daños y perjuicios contra Augusto Maximiliano Centeno reclamando indemnización monetaria. La Cámara hizo lugar a la demanda y condenó al demandado a pagar $32.029.255, con costas y regulación de honorarios a favor de los profesionales intervinientes.
¿Quién es el actor?
Catalina Ramona del Valle Sotelo.
¿A quién se demanda?
Augusto Maximiliano Centeno.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Pretensión indemnizatoria por daños y perjuicios (acción ordinaria por daños y perjuicios).
¿Qué se resolvió?
Hacer lugar a la demanda y condenar al señor Augusto Maximiliano Centeno a pagar a la Sra. Sotelo la suma de PESOS TREINTA Y DOS MILLONES VEINTINUEVE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y CINCO ($32.029.255) en el plazo de 10 días; imponer las costas al demandado; y regular honorarios a varios letrados por los montos consignados en el acto.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"1.- Hacer lugar a la demanda interpuesta por Catalina Ramona del Valle Sotelo y en su mérito condenar al Sr. Augusto Maximiliano Centeno a pagar a la Sra. Sotelo en el plazo de 10 días la suma de PESOS TREINTA Y DOS MILLONES VEINTINUEVE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y CINCO ($32.029.255). En caso de mora en el pago de la suma antes indicada la misma devengará intereses a la tasa activa del Banco de la Nación Argentina desde la fecha de esta sentencia y hasta el efectivo pago."
"2.- Imponer las costas al demandado vencido Augusto Maximiliano Centeno."
"3.- Regular al Dr. Juan Enrique Giusti la suma de PESOS SETECIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y NUEVE CON CINCUENTA CENTAVOS ($747.349,50). A la Dra. Angela Virginia Zamar la suma de PESOS UN MILLÓN TRESCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS TREINTA Y CUATRO CON CINCUENTA CENTAVOS ($1.387.934,50). Al Dr. Emilio Federico Orihuela la suma de PESOS CUATRO MILLONES DOSCIENTOS SETENTA MIL QUINIENTOS SESENTA Y OCHO ($4.270.568)."
"A la Dra. Carola Alexandra López Lucca por la representación de Norberto Centeno y Lucía García corresponde regular la suma de PESOS TRES MILLONES DOSCIENTOS DOS MIL NOVECIENTOS VEINTICINCO CON CINCUENTA ($3.202.925,50) a cargo de sus mandantes. Al Dr. Carlos Roberto Macías por la misma representación la suma de PESOS UN MILLÓN SESENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y DOS ($1.067.642), a cargo de sus mandantes."
"A la Dra. Carola Alexandra López Lucca por la representación de Augusto Maximiliano Centeno corresponde regular la suma de PESOS DOS MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL CUARENTA Y OCHO ($2.242.048) a cargo de su mandante. Al Dr. Carlos Roberto Macías por la misma representación la suma de PESOS DOS MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL CUARENTA Y OCHO ($2.242.048) a cargo de su mandante."
"4.- Los honorarios regulados son más IVA en caso de corresponder debiendo acreditar la condición fiscal previamente. Y deberán pagarse en el término de cinco (5) días."
"5.- En caso de mora en el pago de los honorarios regulados, los mismos devengaran intereses a la tasa activa del Banco de la Nación Argentina desde la fecha de esta sentencia hasta el efectivo pago."
(Acta de audiencia y sentencia oral, Centro Judicial de San Pedro de Jujuy, 9 de abril de 2026. Sentencia verbal dictada por el Juez de Cámara Dr. Horacio José Macedo Moresi.)
¿Cómo votaron los jueces?
No consta voto en disidencia en el acta/sentencia oral remitida.
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