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Cámara de Apelaciones

Amparo Genérico: Gutiérrez Cañas Carlos Américo c/ Oficina Anticorrupción - Estado Provincial

El actor promovió amparo genérico contra la Oficina Anticorrupción - Estado Provincial y solicitó aclaratoria por omisión sobre su condición de sujeto vulnerable. La Sala I desestimó el pedido de aclaratoria al considerar que no concurre error material, concepto oscuro ni omisión subsanable conforme al artículo 56 del Código Procesal Civil y Comercial.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Tribunal Contencioso Administrativo-Sala I-Vocalía 1 (JUJUY)
Fuero
Tribunal Contencioso Administrativo-Sala I-Vocalía 1
Jurisdicción
Local · Jujuy
Expediente
C-299493/2026
Amparo generico Aclaratoria Incidente Sujeto vulnerable Oficina anticorrupcion Estado provincial Articulo 56 cpcc Desestimacion Sala i Jurisdiccion contencioso administrativa.

¿Quién es el actor?

Sr. Gutiérrez Cañas Carlos Américo (patrocinado por Dr. Venancio Llanes).

¿A quién se demanda?

Oficina Anticorrupción - Estado Provincial.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Amparo genérico; en este incidente concreto se solicitó la aclaratoria de la sentencia de fecha 03/09/2026, por omisión en la consideración de la situación de sujeto vulnerable del actor.

¿Qué se resolvió?

Se desestimó el pedido de aclaratoria interpuesto el 09/09/26.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que mediante escrito digital de fecha 09/09/26 el Sr. Gutiérrez Cañas con el patrocinio letrado del Dr. Venancio Llanes, deduce aclaratoria de la sentencia dictada en 03 de septiembre del año en curso.

Afirma que en el fallo se omite considerar la situación de sujeto vulnerable del actor que es conducente para la solución objetiva del caso.

Que el remedio tentado se endereza a “…corregir errores materiales, aclarar algún concepto oscuro y suplir cualquier omisión…”, de las que pudiera adolecer la sentencia cuya aclaración se solicita -conforme artículo 56 del Código Procesal Civil y Comercial-; por lo que, no dándose ninguno de estos supuestos, sólo debe desestimarse dicha presentación."

¿Cómo votaron los jueces?

La parte resolutiva final firmada por los Dres. Ruth Alicia Fernandez y David Jorge Casas (Salta I del Tribunal Contencioso Administrativo) dispone la desestimación; no se advierten votos en disidencia.

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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