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Cámara de Apelaciones

ENFERMEDAD/ACCIDENTE DE TRABAJO: GUZMAN, RICARDO NILO c/ EXPERTA ART S.A

El actor reclamó prestaciones dinerarias y en especie por enfermedad profesional derivada de tareas en mina. La Sala I del Tribunal del Trabajo hizo lugar a la demanda y condenó a Experta ART S.A. a pagar $30.935.567,82 por incapacidad permanente parcial del 26,44%, con costas y regulación de honorarios y peritos.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Tribunal del Trabajo-Sala I-Vocalía 3 (JUJUY)
Fuero
Tribunal del Trabajo-Sala I-Vocalía 3
Jurisdicción
Local · Jujuy
Expediente
C-182757/2021
Accidente/enfermedad profesional Ley 24.557 Incapacidad permanente parcial 26 44% Hipoacusia inducida por ruido Lumbalgia cronica Pericia medica y tecnica Condena a art Costas Honorarios Fecha de primera manifestacion invalidante 20/01/2021.

¿Quién es el actor?

Sr. Ricardo Nilo Guzmán, por intermedio de su apoderado Dr. Julio Ignacio Zamar.

¿A quién se demanda?

Experta ART S.A. (aseguradora de riesgos del trabajo vinculada a Compañía Minera Aguilar S.A.).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Prestaciones dinerarias y en especie por enfermedad profesional y secuelas derivadas de la actividad minera (lumbalgia crónica, hipoacusia inducida por ruido, compromiso respiratorio, entre otras), más declaración de inconstitucionalidad de diversos artículos de la Ley 24.557.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda; se condenó a Experta ART S.A. a abonar $30.935.567,82 por prestaciones dinerarias por incapacidad permanente parcial y definitiva del 26,44% (fecha de primera manifestación invalidante: 20/1/2021). Se impusieron las costas a la demandada y se regularon honorarios de letrados y peritos.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En síntesis, considero acreditado que el Sr. Ricardo Nilo Guzmán, DNI Nº 22.187.762, presenta lumbalgia crónica con limitación funcional, hipoacusia inducida por ruido e incapacidad respiratoria grado 2, como consecuencia de las tareas realizadas para la empleadora -Cía. Minera Aguilar S.A.-; por ello, voy a propiciar se condene a Experta ART S.A. en su calidad de aseguradora, a abonarle las prestaciones dinerarias previstas en el art. 14 ap. 2 a) de la ley 24.557, con más la prestación adicional del art. 3 de la ley 26.773, por incapacidad permanente, parcial y definitiva del 26.44% de la t.o., tomándose como fecha de primera manifestación invalidante el 20/1/2021 (CD093266895, fs. 16)."

"Conforme lo he señalado precedentemente, la pericia médica no fue observada por las partes, encontrándose firme y consentida. El examen y valoración del informe médico citado, conforme a las reglas de la sana crítica y de las razones expuestas, permite admitir sus conclusiones por cuanto se basa en sólidos fundamentos científicos para determinar con precisión el estado de incapacidad psicofísico del actor."

"Por ello, la Sala I, Vocalía N° 3, del Tribunal del Trabajo de la Provincia de Jujuy: RESUELVE: I.- Hacer lugar a la demanda interpuesta por el Sr. Ricardo Nilo Guzmán, DNI Nº 22.187.762, en contra de Experta ART S.A., a quien se condena a abonar la suma de Pesos Treinta Millones Novecientos Treinta y Cinco Mil Quinientos Sesenta y Siete con 82/100 ($ 30.935.567,82), en concepto de prestaciones dinerarias previstas en la Ley de Riesgos del Trabajo, conforme lo dispuesto en el considerando."

¿Cómo votaron los jueces?

La parte resolutiva final es la decisión del tribunal; el fallo obra con el texto de la Sala I, Vocalía N° 3, sin disidencias consignadas.

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