JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

Despido: Gutierrez, Karina María Victoria c/ Video Drome S.A

La actora promovió acción por despido y las partes suscribieron un acuerdo transaccional para poner fin al litigio. El Tribunal homologó el convenio presentado y ordenó la liquidación del crédito fiscal, disponiendo su notificación y protocolización por cédula.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Tribunal del Trabajo-Sala II-Vocalía 5 (JUJUY)
Fuero
Tribunal del Trabajo-Sala II-Vocalía 5
Jurisdicción
Local · Jujuy
Expediente
C-242976/2024
Despido Homologacion Convenio transaccional L.c.t. art. 15 Liquidacion credito fiscal Costas Honorarios Notificacion por cedula Tribunal del trabajo San salvador de jujuy

¿Quién es el actor?

Gutierrez, Karina María Victoria (actora).

¿A quién se demanda?

Video Drome S.A. (demandado).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por despido; solución mediante acuerdo transaccional presentado por las partes.

¿Qué se resolvió?

Homologar el convenio transaccional celebrado por las partes (escrito Nº 2.195.706 y PDF adjunto), disponer la liquidación del crédito fiscal y notificar por cédula a las partes, agregar copia en autos y protocolizar.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que, durante el trámite del proceso el Dr. Ramón Eduardo Nebhen presenta escrito Nº 2.195.706 dando cuenta en PDF adjunto de acuerdo transaccional celebrado entre las partes y que se encuentra refrendado por ambos letrados, concurriendo el Dr. Fernando Amador por la actora, sujeto a homologación judicial y que ha sido ratificado personalmente por la actora ante el Actuario (acta 30/03/2026, SIGJ)."

"Que, los mismos 'representan una justa composición de los derechos e intereses de las partes' (art. 15 de la L.C.T.) por lo que al respecto las homologaciones devienen ajustadas a derecho."

"Que, se ha previsto respecto de costas y honorarios de los letrados (cláusula séptima). En caso de mora, estos importes devengarán los intereses de la tasa activa general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina desde la presente hasta su efectivo pago. Se adicionará I.V.A si correspondiere."

Bloque dispositivo final (texto resolutivo que constituye la decisión de la mayoría):

"RESUELVO: I.- Homologar en cuanto por derecho hubiere lugar convenio celebrado por las partes traído a la causa por escrito Nº 2.195.706 y PDF adjunto e incorporado al SIGJ.

II.- Disponer la liquidación del crédito fiscal.

III.- Notificar por cédula a las partes, agregar copia en autos, protocolizar."

(Firmado por Herrera, Hugo Cesar Moises - Juez del Tribunal del Trabajo)

¿Cómo votaron los jueces?

No consta disidencia en el texto suministrado; la resolución final es la que obra en el bloque dispositivo.

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