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Cámara de Apelaciones

ENFERMEDAD/ACCIDENTE DE TRABAJO: GUTIERREZ, JORGE ALBERTO C/ GALENO ASEGURADORA DE RIESGOS DE TRABAJO S.A

El actor promovió demanda por prestaciones dinerarias derivadas de incapacidad por enfermedad/accidente de trabajo contra GALENO ART. La Vocalía Unipersonal Nº 7 hizo lugar a la demanda, declaró inconstitucionales los arts. 21, 22 y 46 de la Ley 24.557 y condenó a la aseguradora a abonar $9.360.232,32 por incapacidad parcial y permanente del 8%.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Tribunal del Trabajo-Sala III-Vocalía 7 (JUJUY)
Fuero
Tribunal del Trabajo-Sala III-Vocalía 7
Jurisdicción
Local · Jujuy
Expediente
C-185337/2021
Riesgos del trabajo Inconstitucionalidad Comisiones medicas Incapacidad laboral Indemnizacion Ripte Galeno art Pericia medica Higiene y seguridad 8% incapacidad Observaciones breves: la sentencia sostiene la incompatibilidad de las reglas del procedimiento ante las comisiones medicas con el debido proceso y declara Para el caso La inconstitucionalidad de los arts. 21 22 y 46 lrt y normas reglamentarias conexas Permitiendo el acceso directo del trabajador a la justicia laboral.

¿Quién es el actor?

Sr. Jorge Alberto Gutiérrez, representado por Dr. Carlos Sebastián Espada.

¿A quién se demanda?

GALENO ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A., representada por Dr. Nicolás Daniel Arias Cau.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Pago de indemnización por incapacidad adquirida en términos de la Ley de Riesgos del Trabajo (LRT), actualización por RIPTE desde la fecha de presentación de la demanda, declaración de inconstitucionalidad de partes del sistema de riesgos del trabajo (arts. 21, 22, 46 LRT, Ley 27.348 y Resolución S.R.T. 298/17).

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda; se declaró la inconstitucionalidad, para el caso, de los arts. 21, 22 y 46 de la Ley 24.557 (y normas reglamentarias en materia de competencia); se condenó a GALENO ART a pagar $9.360.232,32; se impusieron costas y se regularon honorarios de abogados y peritos según lo fijado en la parte dispositiva. No hubo indicación de disidencia en el bloque resolutorio.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"I. Declarar la inconstitucionalidad para el caso de los arts. 21, 22 y 46 de la Ley 24.557, tacha que se hace extensiva a las normas que resulten reglamentarias de estos en materia de competencia."

"La doctrina de este precedente constituye un todo armónico que conlleva la descalificación constitucional de los arts. 21, 22, 46, inc. 1, y de las normas pertinentes del dec. 717/96 y demás normas reglamentarias y complementarias... Por lo tanto el trabajador puede optar por recurrir directamente a la justicia, sin ninguna otra intervención, para obtener las prestaciones que a su entender le corresponden". (considerando sobre precedentes 'Castillo', 'Aquino', etc.)

"Se desprende del informe pericial médico, que el perito médico realizó un análisis razonado... determinando una incapacidad laboral, parcial y permanente del 8% por ciento... Acreditada la incapacidad del Sr. Jorge Alberto Gutiérrez, sobre la base de lo dictaminado por el especialista la causalidad se presume."

"Teniendo en cuenta que la fecha de la PMI es el 01/09/2021 y que la incapacidad determinada es del 8% y que el piso mínimo según Resolución SRT 15/2026 ... lo que totaliza la suma de PESOS NUEVE MILLONES TRESCIENTOS SESENTA MIL DOSCIENTOS TREINTA Y DOS con 32/100 cvos. ($9.360.232,32), suma que se fija como monto de condena, calculada en el día de la fecha..."

(Bloque dispositivo final)

"II. Hacer lugar a la demanda interpuesta por el Sr. Jorge Alberto Gutierrez, en contra de GALENO ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A y condenarla a abonar a la demandada la suma de ... ($9.360.232,32) ..."

¿Cómo votaron los jueces?

La resolución es dictada por la Vocalía Unipersonal Nº 7 (Jueza María Cecilia Rodríguez); el bloque dispositvo final es el que determina la decisión y no se registra disidencia.

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