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Cámara de Apelaciones

ENFERMEDAD/ACCIDENTE DE TRABAJO: ORTEGA, ALFREDO C/ GALENO ART S.A

El actor promovió acción por enfermedad profesional contra Galeno ART S.A. solicitando prestaciones dinerarias y en especie por incapacidad permanente. El Tribunal del Trabajo hizo lugar a la demanda, declaró la inconstitucionalidad de los arts. 21 y 46 de la ley 24.557 en el caso y condenó a la A.R.T. a indemnizar por una incapacidad definitiva del 14,52%, difiriendo el cálculo del monto y honorarios.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Tribunal del Trabajo-Sala III-Vocalía 8 (JUJUY)
Fuero
Tribunal del Trabajo-Sala III-Vocalía 8
Jurisdicción
Local · Jujuy
Expediente
C-137900/2019
Incapacidad permanente Baremo Enfermedad profesional Omision de denuncia A.r.t. Costas a la demandada. Inconstitucionalidad arts. 21 y 46 lrt Columna dorso lumbar Vibracion de cuerpo entero Diferimiento de calculo

¿Quién es el actor?

Alfredo Ortega, representado por el Dr. Martín Daniel Hernández.

¿A quién se demanda?

Galeno ART S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reconocimiento de enfermedad profesional; prestaciones dinerarias por incapacidad laboral permanente definitiva y prestaciones en especie; que la patología sea calificada como profesional.

¿Qué se resolvió?

Se declaró la inconstitucionalidad, para el caso, de los arts. 21 y 46 de la ley 24.557; se hizo lugar a la demanda y se condenó a Galeno ART S.A. a pagar la indemnización por enfermedad profesional por una incapacidad definitiva del 14,52% de la T.O.; se difirió el cálculo del monto de condena y de los honorarios profesionales; costas a la demandada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Como es sabido por todos los operadores jurídicos vinculados al fuero del trabajo, la ley 24.557 ha merecido numerosas declaraciones de inconstitucionalidad. Por ello, no es necesario profundizar sobre los argumentos que dan apoyo a la constitucionalidad o no de algunas de sus disposiciones, en concreto sobre los arts. 21 y 46 (comisiones médicas y competencia judicial). Este articulado fue ya analizado por el Máximo Tribunal nacional y, por los sobrados fundamentos aportados, corresponde que sean declarados inconstitucionales en el sub lite, lo que se extiende a las normas concordantes y reglamentarias sobre el punto."

"El perito médico ... determinó que el Sr. Alfredo Ortega sufre por limitación funcional de columna dorso lumbar y R.V.A.N. Depresiva Grado II un 25,16% de incapacidad parcial permanente y definitiva, incluidos los factores de ponderación."

"El actor presenta una incapacidad por limitación funcional de columna dorso lumbar (12%). El factor tipo de actividad (dificultad para la realización de las tareas habituales) es del 10%, las posibilidades de reubicación laboral del 10% y la edad del 1%, lo que totaliza un 21%... Conforme a la incapacidad funcional fijada (12%) ... 12% x (1 + 21%) ... da como resultado un 14,52% para la incapacidad verificada en los presentes autos, incluidos los factores de ponderación."

"Por lo expuesto, el Tribunal del Trabajo de la Provincia de Jujuy, Resuelve: I.- Declarar la inconstitucionalidad para el caso de los arts. 21 y 46 de la ley 24.557, tacha que se hace extensiva a las normas que resulten reglamentarias de éstos en materia de competencia. II.- Hacer lugar a la demanda interpuesta por Alfredo Ortega en contra de Galeno ART S.A. y condenarla a pagar la indemnización por enfermedad profesional, según los argumentos desarrollados, con costas. III.- Diferir el cálculo del monto de condena y de los honorarios profesionales."

(No existen votos en disidencia consignados en el bloque resolutorio final).

Leyes que cita

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