ENFERMEDAD/ACCIDENTE DE TRABAJO: ZALAZAR, ELIO AMADO C/ LA SEGUNDA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO A.R.T
El actor demandó a LA SEGUNDA A.R.T. S.A. reclamando indemnización por incapacidad derivada de accidente de trabajo ocurrido el 26/08/2024. La Sala I, Vocalía N°2, hizo lugar a la demanda, declaró inconstitucionales normas sobre la instancia previa ante Comisiones Médicas y condenó a la A.R.T. al pago de $6.728.029,34 por prestaciones dinerarias.
¿Quién es el actor?
Sr. Elio Amado Zalazar, representado por el Dr. Daniel Dante Coronel Elías (carta poder).
¿A quién se demanda?
LA SEGUNDA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Pago de indemnización por incapacidad derivada de accidente de trabajo ocurrido el 26/08/2024; adicional del art. 3 Ley 26.773; actualización por RIPTE o tasa activa BNA; y prestaciones dinerarias y en especie.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda; se declaró la inconstitucionalidad de los arts. 21, 22 y 46 de la Ley 24.557 (en cuanto a la instancia previa y obligatoria ante Comisiones Médicas y competencia recursiva federal) y del art. 64 de la Ley 6368; se condenó a LA SEGUNDA A.R.T. S.A. a pagar PESOS SEIS MILLONES SETECIENTOS VEINTIOCHO MIL VEINTINUEVE CON 34/100 ($6.728.029,34) por prestaciones dinerarias; se rechazó el adicional del art. 3 Ley 26.773; se rechazó la pretensión de prestaciones en especie por no acreditarse necesidad concreta; costas a la demandada; regulación de honorarios y perito.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
1) Sobre competencia y comisiones médicas:
"Por todo lo expuesto, corresponde declarar en el caso concreto la inconstitucionalidad de los Arts. 21, 22 y 46 de la Ley 24.557 y las normas que las complementan, en cuanto se refieran a la previa y obligatoria actuación de las Comisiones Médicas Jurisdiccionales y la competencia recursiva federal. Como corolario de lo expuesto, se ratifica la competencia de esta sede para dirimir la controversia que se ventila en la presente causa."
2) Sobre acreditación de la lesión y nexo causal (pericia):
"En función de tales hallazgos, el perito concluye que el actor presenta secuelas de ruptura del tendón de Aquiles izquierdo, vinculadas causalmente con el accidente, considerando que el mecanismo descripto resulta idóneo para producir dicha lesión. En este sentido, el diagnóstico pericial se apoya en elementos concretos y verificables."
3) Sobre grado de incapacidad:
"El perito concluye que el actor presenta una incapacidad Laboral Parcial, Permanente y Definitiva del 4,96%, derivada de una ruptura completa del tendón de Aquiles, incluidos los factores de ponderación... CONCLUSION: El actor Sr. ZALAZAR ELIO AMADO, presenta una incapacidad permanente y definitiva del 4.96 % (cuatro con noventa y seis por ciento) por el accidente sufrido…"
4) Sobre rechazo del adicional por art. 3 Ley 26.773 y la excepción de pago:
"Respecto del adicional previsto en el art. 3 de la Ley 26.773, debe rechazarse su procedencia, atento a que el evento ocurrió en la vía pública y durante el traslado del alojamiento... Aun cuando el trabajador procediera desde un hospedaje dispensado por la empresa, el traslado realizado por el dependiente por sus propios medios y en un ámbito público no puede ser calificado como puesta a disposición de la patronal... En consecuencia, por no acreditarse pago total, exacto y oportuno de la indemnización por incapacidad laboral permanente definitiva perseguida y por tratarse de rubros legalmente autónomos... corresponde rechazar la excepción de pago."
5) Sobre la condena y cálculo:
"De acuerdo a ello y considerando la planilla elaborada por la Contadora de esta Sala, CPN Luciana Alberto... el monto de condena actualizado al día de la fecha asciende a la suma de PESOS SEIS MILLONES SETECIENTOS VEINTIOCHO MIL VEINTINUEVE CON 34/100 ($6.728.029,34), importe que de no ser efectivizado por la demandada dentro de los cinco (5) días de dictada la sentencia, generará el interés equivalente a la tasa activa... hasta la efectiva cancelación..."
6) Dispositivo principal (texto final):
"1.- Declarar para el presente caso la inconstitucionalidad de los arts. 21, 22 y 46 de la ley 24.557... así como también del art. 64 de la Ley 6368;...
2.- Hacer lugar a la demanda interpuesta por el Sr. ELIO AMADO ZALAZAR... a quien se condena a abonar la suma de PESOS SEIS MILLONES SETECIENTOS VEINTIOCHO MIL VEINTINUEVE CON 34/100 ($6.728.029,34)..."
¿Cómo votaron los jueces?
Sentencia unipersonal (Vocalía N°2); no constan votos en disidencia.
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Leyes que cita
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
- Ley 26.773Riesgos del trabajo
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