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Cámara de Apelaciones

DESPIDO: ONTIVEROS, MARIA CECILIA C/ ZAMBRANO, VICTOR HUGO

La actora promovió demanda por despido indirecto reclamando indemnizaciones, diferencias salariales, SAC, vacaciones y entrega de certificados. El Tribunal del Trabajo hizo lugar a la demanda y condenó al demandado al pago de $37.437.564, ordenando además la entrega de la certificación de servicios y la imposición de costas y honorarios.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Tribunal del Trabajo-Sala III-Vocalía 8 (JUJUY)
Fuero
Tribunal del Trabajo-Sala III-Vocalía 8
Jurisdicción
Local · Jujuy
Expediente
C-242496/2024
Indemnizacion Honorarios Incontestacion de demanda Diferencias salariales Despido indirecto Certificacion de servicios Ley 25.323 Ley 24.013 Art. 80 l.c.t. Actualizacion por ley 27.802 Observaciones breves: la sentencia funda su decision en la presuncion derivada de la no contestacion de la demanda y en la veracidad de los telegramas ley acompanados Rechazo la agravacion por dnu 34/2019 por haberse producido la extincion del vinculo con posterioridad a la vigencia de las prorrogas.

¿Quién es el actor?

María Cecilia Ontiveros, representada por el Dr. José Alberto García.

¿A quién se demanda?

Víctor Hugo Zambrano, representado por el Dr. Marcelo Fernando Genovese.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Indemnización por despido (art. 245 L.C.T.), preaviso, integración de mes de despido, vacaciones proporcionales, días trabajados de mayo 2023, SAC (2021, 2022 y proporcional 2023), diferencias salariales (mayo 2021-mayo 2023), indemnizaciones según DNU 34/2019 y demás agravamientos (ley 25.323 y ley 24.013 art. 8 y 15), indemnización art. 80 L.C.T., entrega de certificación de aportes y remuneraciones y certificado de trabajo.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda y se condenó a Zambrano al pago de $37.437.564 (capital e intereses) dentro de los 15 días de notificada la sentencia; asimismo se lo condenó a entregar la certificación de servicios y remuneraciones (art. 80 L.C.T.) en 60 días desde que quede firme la sentencia, se regularon honorarios por $7.487.513 (Dr. García) y $3.930.944 (Dr. Genovese), y se impusieron las costas al demandado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En esta causa el Sr. Zambrano no contestó la demanda. Por su parte, la actora detalló las circunstancias de tiempo, modo y lugar en las que se desarrolló el vínculo contractual, lo que conduce a evaluar los aspectos que a continuación se detallan."

"A la luz de estos conceptos y de las constancias de autos se debe tener por cierta la relación laboral que describió la actora, la fecha de ingreso, las tareas desarrolladas y la jornada laboral, según lo expuesto en el escrito inicial. Ello se confirma con los telegramas ley aportados por aquella, en la medida en que el demandado no los respondió, lo que constituye una presunción legal en su contra (art. 57 de la L.C.T.)."

"Con base en los argumentos desarrollados la acción planteada por María Cecilia Ontiveros en contra Víctor Hugo Zambrano debe prosperar por la suma de pesos treinta y siete millones cuatrocientos treinta y siete mil quinientos sesenta y cuatro (37.437.564), comprensiva de capital e intereses a la fecha de esta sentencia."

(Se reproducen además los extractos normativos y de doctrina que el tribunal invoca para justificar la consideración de la incontestación como presunción y la aplicación del art. 55 de la ley 27.802 para la actualización de los intereses.)

¿Cómo votaron los jueces?

Resolución dictada por el Juez del Tribunal del Trabajo Dr. Agustín Ontiveros (vocalía unipersonal). El bloque dispositivo final constituye la decisión que se ejecuta.

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