JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

DESPIDO: RODRIGUEZ, NADIA IVONE y OTROS c/ ASOCIACION DE EDUCADORES PROVINCIALES (A.D.E.P.)

Las actoras demandaron por despido y reclaman indemnizaciones, salarios adeudados y certificación de servicios contra la Asociación de Educadores Provinciales (A.D.E.P.). La Sala I del Tribunal del Trabajo hizo lugar a la demanda y condenó a A.D.E.P. a pagar montos indemnizatorios millonarios y a entregar la constancia prevista en el art. 80 LCT, con costas a la demandada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Tribunal del Trabajo-Sala I-Vocalía 3 (JUJUY)
Fuero
Tribunal del Trabajo-Sala I-Vocalía 3
Jurisdicción
Local · Jujuy
Expediente
C-154133/2019
Costas Honorarios Indemnizacion por despido Diferencias salariales Despido indirecto Transferencia de establecimiento Art. 225 lct Multas ley 25.323 Certificacion art. 80 lct Tribunal del trabajo (jujuy). Observacion metodologica: el bloque dispositivo final transcripto fue determinante para establecer la solucion de la mayoria Conforme las reglas de identificacion del acuerdo senaladas en el pronunciamiento.

¿Quién es el actor?

Nadia Ivone Rodríguez (DNI 33.232.898), Pamela Tania Cabrera (DNI 29.211.494) y Mónica Karina Sánchez (DNI 24.397.573), representadas por el Dr. Pablo Guillermo Echenique.

¿A quién se demanda?

Asociación de Educadores Provinciales – A.D.E.P. (CUIT 30-52104026-9), representada por la Dra. Patricia Mariela Argañaraz.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Despido (despido indirecto) y pago de indemnización por antigüedad, indemnización sustitutiva de preaviso, integración del mes de despido, remuneraciones (enero-marzo 2019), SAC proporcional, diferencias salariales por errónea liquidación del rubro antigüedad, multas por Ley Nº 25.323 y art. 45 Ley Nº 25.345, vacaciones proporcionales, y entrega de certificación de servicios y remuneraciones (art. 80 LCT).

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda en todos sus puntos reclamados; se condenó a A.D.E.P. a pagar a: Nadia Ivone Rodríguez $7.516.089,10; a Pamela Tania Cabrera $9.846.213,58; y a Mónica Karina Sánchez $9.633.580,60, por los rubros indicados; se ordenó la entrega del certificado del art. 80 LCT dentro de los sesenta días hábiles de quedar firme la resolución, con multa diaria de $2.000 por incumplimiento; costas a la demandada; y regulación de honorarios conforme lo detallado en la parte resolutiva.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"De las constancias objetivas de la causa tengo por acreditado, mediante documental incorporada, lo siguiente: a) Recibos salariales pertenecientes a: Pamela Tania Cabrera y Mónica Karina Sánchez, emitidos por Jardín Sueñitos del Mañana A.D.E.P., consignando fecha de ingreso 1/3/2018. b) Recibos de haberes emitidos por el Gobierno de la Provincia de Jujuy... c) Certificados de Servicios emitidos por Sección Personal del Area de Recursos Humanos del Ministerio de Educación de la Provincia de Jujuy... d) Por telegramas ... las actoras intiman a la demandada para que en el plazo de 48 hs. registren la relación laboral, otorguen ocupación efectiva, abonen remuneración de enero, febrero y diferencias salariales, bajo apercibimiento de considerarse en situación de despido indirecto. e) Por telegramas ... las actoras, ante el silencio de la demandada, hacen efectivo el apercibimiento, considerándose despedidas. f) Por ... la demandada rechaza las intimaciones cursadas ... señalando que el Jardín 'Sueñitos del Mañana' ha dependido desde su creación del Ministerio de Educación de la Provincia, siendo recién en marzo de 2018 que pasó a depender de ADEP."

"El examen y valoración integral de la prueba incorporada me permite concluir que las Sras. Pamela Tania Cabrera y Mónica Karina Sánchez ingresaron a cumplir tareas en el Jardín 'Sueñitos del Mañana' en el mes de marzo de 2016, mientras que la Sra. Nadia Ivone Rodríguez lo hizo en marzo de 2017, extremos que surgen acreditados mediante los recibos de haberes y certificados de servicios incorporados a la causa."

"En cuanto a la causal invocada por las trabajadoras para colocarse en situación de despido indirecto, considero que la misma se encuentra suficientemente acreditada y reviste entidad injuriante suficiente en los términos del art. 242 de la LCT... La falta de registración correcta, la negativa de otorgar ocupación efectiva al inicio del ciclo lectivo 2019 y el silencio mantenido frente a las intimaciones constituyen injurias graves, por lo tanto, la situación de despido indirecto en la cual se colocaron las actoras, es ajustada a derecho."

"Por lo hasta aquí expuesto, se debe hacer lugar a la demanda, condenándose a Asociación de Educadores Provinciales – A.D.E.P.... a abonar a Nadia Ivone Rodríguez... la suma de Pesos Siete Millones Quinientos Dieciséis Mil Ochenta y Nueve con 10/100 ($ 7.516.089,10); Pamela Tania Cabrera... la suma de Pesos Nueve Millones Ochocientos Cuarenta y Seis Mil Doscientos Trece con 58/100 ($ 9.846.213,58) y Mónica Karina Sánchez... la suma de Pesos Nueve Millones Seiscientos Treinta y Tres Mil Quinientos Ochenta con 60/100 ($ 9.633.580,60), conforme planilla elaborada por la contadora de esta Sala... Cálculo efectuado de conformidad a lo dispuesto por el art. 55 de la Ley Nº 27.802."

¿Cómo votaron los jueces?

no se registran votos en disidencia en la parte resolutiva; la decisión está firmada por el Sr. Juez del Tribunal del Trabajo Camu, Daniel Horacio y con firma habilitada Moneta, Pamela Andrea.

Leyes que cita

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.