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Cámara de Apelaciones

DESPIDO: DOMINGUEZ, RICARDO y VALVERDI, MILTON MAXIMILIANO C/ RIVAS, NOEMI LEONOR y otros

Se planteó aclaratoria para regular los honorarios del defensor del Sr. Pablo Perovic en un expediente por despido. El Tribunal hizo lugar a la aclaratoria y fijó los emolumentos en $872.003 más IVA, imputando el pago a los actores en proporción 62% / 38% conforme a la pretensión de cada uno.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Tribunal del Trabajo-Sala III-Vocalía 8 (JUJUY)
Fuero
Tribunal del Trabajo-Sala III-Vocalía 8
Jurisdicción
Local · Jujuy
Expediente
C-174006/2021
Aclaratoria Honorarios Regulacion de emolumentos Ley 6.368 Ley arancelaria Costas Proporcionalidad Despido Tribunal del trabajo jujuy Interes moratorio

¿Quién es el actor?

El incidente lo interpuso el Dr. Carlos José Insausti (h) en su carácter de apoderado del Sr. Pablo Perovic (peticionante de la aclaratoria); los actores en el proceso principal son Milton Maximiliano Valverdi y Ricardo Domínguez.

¿A quién se demanda?

Se solicita aclaratoria ante el Tribunal del Trabajo de la Provincia de Jujuy (resolución dirigida al propio Tribunal).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Aclaratoria para que se regule expresamente los honorarios del letrado defensor del Sr. Pablo Perovic por su actuación en el expediente de despido.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la aclaratoria y se regularon los emolumentos del Dr. Insausti en la suma de pesos ochocientos setenta y dos mil tres ($872.003), más IVA si correspondiere; dicho monto deberá ser afrontado por los actores en la proporción establecida (62% a cargo de Milton M. Valverdi y 38% a cargo de Ricardo Domínguez).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Se advierte que en la resolución del 03 de septiembre de 2026 se ha incurrido en una omisión involuntaria al no regular los honorarios del letrado por su actuación en representación del Sr. Pablo Perovic. En consecuencia, de acuerdo a las bases brindadas por los arts. 01, 15, 16, 17, 20, 23, 24, 31 y cc. de la ley 6.368, según el mérito, extensión, eficacia de la labor desarrollada se fijan sus emolumentos en la suma de pesos ochocientos setenta y dos mil tres ($872.003), más IVA si correspondiere."

"Este importe se determinó en un 20% de la mitad del valor del pleito, con base en los montos de las planillas de liquidación acompañadas por los actores a fs. 27/30 ($1.251.048,26 -Milton Maximiliano Valverdi- y $782.342,72 -Ricardo Domínguez- lo que hace el total de $2.033.390,98), actualizadas con intereses a tasa activa del Banco Nación de la República Argentina, desde la fecha de interposición de demanda (08/03/21) hasta la presente resolución ($6.686.638,14. Total: $8.720.029,12). Ello de conformidad con lo dispuesto por los art. 23 y 24 de la ley arancelaria. En adelante y hasta el efectivo pago devengarán idéntico interés."

"Asimismo, con base en lo resuelto en la aclaratoria del 02 de febrero de 2026, en donde se estableció que las costas a cargo de los actores son en proporción al interés manifestado en la pretensión esgrimida por cada uno de ellos (lo que en este caso consiste en las sumas demandadas), de los emolumentos regulados precedentemente corresponde el 62% a cargo del Sr. Milton Maximiliano Valverdi ($540.642) y el 38% a cargo del Sr. Ricardo Domínguez ($331.361)."

¿Cómo votaron los jueces?

No se consignan votos en disidencia en la parte resolutiva suministrada.

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