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Cámara de Apelaciones

DESPIDO: URO, FERNANDO MARTIN y otros C/ RIBEIRO S.A.C.I.F.A.E.I

Se solicitó aclaratoria y revocatoria in extremis respecto de la resolución del 09/09/2026 en causa “DESPIDO: URO, FERNANDO MARTIN y otros C/ RIBEIRO S.A.C.I.F.A.E.I.”. El Tribunal del Trabajo rechazó ambas peticiones por entender que la resolución recurrida no adolece de omisión, oscuridad ni error notorio que justifique su reforma.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Tribunal del Trabajo-Sala III-Vocalía 8 (JUJUY)
Fuero
Tribunal del Trabajo-Sala III-Vocalía 8
Jurisdicción
Local · Jujuy
Expediente
C-193713/2021
Aclaratoria Revocatoria in extremis Incidente Rechazo Tribunal del trabajo Despido C-193713/21 Omision Error notorio Provincia de jujuy

¿Quién es el actor?

Dr. Hernán Cesar Palomares (interpone la aclaratoria y revocatoria in extremis, expediente escrito N° 2476724).

¿A quién se demanda?

Tribunal del Trabajo de la Provincia de Jujuy (contra la resolución de fecha 09/09/2026 en el expediente C-193713/21).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Se solicita aclaratoria y, subsidiariamente, revocatoria in extremis de la resolución dictada el 09/09/2026 en la causa por despido “URO, FERNANDO MARTIN y otros C/ RIBEIRO S.A.C.I.F.A.E.I.”.

¿Qué se resolvió?

Se rechazaron tanto la aclaratoria como la revocatoria in extremis planteadas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En la resolución del 09 de septiembre del 2026 no se ha incurrido en error alguno y sus términos son suficientemente claros y precisos. Por lo tanto, no existe omisión que suplir, concepto oscuro que aclarar, ni error que enmendar por esta vía, lo que indica que corresponde rechazar la aclaratoria deducida.

En cuanto a la revocatoria in extremis interpuesta, atento lo expresado precedentemente, se advierte que en el fallo referido no se ha incurrido en errores notorios o yerros susceptibles de producir injusticias palmarias que tornen viable su procedencia, por lo que corresponde su rechazo."

¿Cómo votaron los jueces?

No constan votos en disidencia; la parte resolutiva final dispone el rechazo.

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